MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ALMACENES CARMOR LIMITADA

RUT 88242000-0 CVE 1655693
Capital
$385.000 CLP
Fecha instrumento
26 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de agosto de 2019
Repertorio
12408/2019
Notario
COSME FERNANDO GOMILA GATICA
Oficio
Cuarta Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$385.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular Cuarta Notaría Santiago, oficio Paseo Ahumada trescientos cuarenta y uno, cuarto piso, Comuna Santiago, Certifico: por escritura pública de fecha 26/08/2019, repertorio N° 12.408 / 2019, ante mí, MIRNA DEL CARMEN ROJAS ROJAS, labores de casa, viuda; ÍTALO IVÁN CARMONA ROJAS, casado, empresario; JORGE RAFAEL CARMONA ROJAS, casado, empresario y MIRNA ORIANA CARMONA ROJAS, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, chilenos domiciliados en calle Central número mil cuatrocientos diecisiete, comuna de Independencia, Región Metropolitana, los comparecientes mayores de edad, acuerdan modificar la sociedad “ALMACENES CARMOR LIMITADA” en los siguientes términos: MIRNA DEL CARMEN ROJAS ROJAS vende cede y transfiere a ÍTALO IVÁN CARMONA ROJAS, JORGE RAFAEL CARMONA ROJAS, y MIRNA ORIANA CARMONA ROJAS, quienes compran, aceptan y adquieren para sí, por iguales partes, la totalidad de sus derechos hereditarios en la sociedad, equivalentes nominalmente a $385.000 del capital total de la compañía. El precio de la compraventa es la suma única y total de $23.000.000, que la parte compradora pagó por parcialidades iguales y sucesivas de $1.000.000 cada una, venciendo la última parcialidad el 30 de marzo de 2019. Con esta fecha se retira como socia doña MIRNA DEL CARMEN ROJAS ROJAS. El capital social de la compañía de $1.000.000, ha quedado, a partir de esta fecha distribuido entre los socios por iguales partes. La administración y representación de la sociedad y, el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don ÍTALO IVÁN CARMONA ROJAS quien actuando a nombre y representación de “ALMACENES CARMOR LIMITADA” podrá representarla con todas y cada una de las facultades que a modo ilustrativo constan en la cláusula quinta del pacto social. La responsabilidad personal de los socios, queda limitada al monto de sus aportes. En lo no modificado quedan vigentes todas las disposiciones del contrato social. Demás estipulaciones en escritura extractada. pam.