Instrumento
- Fecha
- 9 de septiembre de 2019
- Notario
- GABY SOLEDAD HERNANDEZ SOTO
- Oficio
- Tercera Notaría de Copiapó
- Comuna
- Copiapó
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) Turismo, restaurante, hotel, residencial, inversiones en todo tipo de bienes muebles, inmuebles y valores mobiliarios; b) La inversión en todo tipo de bienes y valores y en particular adquirir toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, valores inmobiliarios, en el territorio nacional o en el extranjero. c) Administración y representación de empresas y sociedades; d) Cobranzas y gestión de cartera de deudores y labores de oficina. e) La participación a cualquier título, con toda clase de personas jurídicas y sociedades, cualquiera que fuere su naturaleza. f) Inversiones, administración de sociedades; g) Representación de empresas y profesionales, nacionales y extranjeros, dedicadas a actividades afines a todas las señaladas precedentemente; h) Captación, colocación, gestión y administración de recaudaciones y cobranzas, e inversiones y financiamiento de capitales, tanto propios como de terceros, nacionales y)o extranjeros, para actividades que puedan o no estar relacionadas con sus objetivos principales; i) participación como socio o accionista en todo tipo de sociedades; j) adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, propios o ajenos, subdividirlos y lotearlos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma. k) Demás negocios que acordaren el o los
Administración
Será ejercida por VICTOR HUGO CABELLO GAMONAL pudiendo designar gerentes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGABY SOLEDAD HERNANDEZ SOTO, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Copiapó, certifico que por escritura de esta fecha, ante mí: VICTOR HUGO CABELLO GAMONAL, chileno, CNI 8.592.2076, domiciliado en Federico Froebel Nº 1810, comuna de Providencia, mayor de edad, constituyó sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón social: “TURISMO ALTO MAIPO SpA”. Administración. Será ejercida por VICTOR HUGO CABELLO GAMONAL pudiendo designar gerentes. Capital: VICTOR HUGO CABELLO GAMONAL aporta $1.000.000 y se divide y representa en cien 100 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal. Capital se enterará en dinero en efectivo, o mediante el aporte de uno o más inmuebles, pagados con fondos de los accionistas o de la sociedad. Cada acción dará derecho a un voto. VICTOR HUGO CABELLO GAMONAL es propietario de 100 acciones. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Objeto: a) Turismo, restaurante, hotel, residencial, inversiones en todo tipo de bienes muebles, inmuebles y valores mobiliarios; b) La inversión en todo tipo de bienes y valores y en particular adquirir toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, valores inmobiliarios, en el territorio nacional o en el extranjero. c) Administración y representación de empresas y sociedades; d) Cobranzas y gestión de cartera de deudores y labores de oficina. e) La participación a cualquier título, con toda clase de personas jurídicas y sociedades, cualquiera que fuere su naturaleza. f) Inversiones, administración de sociedades; g) Representación de empresas y profesionales, nacionales y extranjeros, dedicadas a actividades afines a todas las señaladas precedentemente; h) Captación, colocación, gestión y administración de recaudaciones y cobranzas, e inversiones y financiamiento de capitales, tanto propios como de terceros, nacionales y/o extranjeros, para actividades que puedan o no estar relacionadas con sus objetivos principales; i) participación como socio o accionista en todo tipo de sociedades; j) adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, propios o ajenos, subdividirlos y lotearlos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma. k) Demás negocios que acordaren el o los accionistas. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Copiapó, 09 de septiembre de 2019.