SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES INTEGRALES BASSI GUTIERREZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de septiembre de 2019
- Notario
- ALEJANDRO GEMMEL MARTÍNEZ
- Oficio
- 3° Notaría
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO GEMMEL MARTÍNEZ, Notario Público 3° Notaría, Calama, Vargas 2209, certifica: Que, por escritura pública de hoy, ante mí, FRANCISCO JAVIER MOLL AGUIRRE, chileno, casado, Abogado, cédula de identidad 13.217.044-4, domiciliado en calle Madame Curie 2332, oficina 24, Calama, en representación de SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES INTEGRALES BASSI GUTIERREZ LIMITADA o GENO CAR CIA. LTDA, De la constitución; ANTONELLA MAGDALENA BASSI GUTÍERREZ, chilena, soltera, empresaria, cédula de identidad 18.827.170-7; ITALO GIOVANNI BASSI GUTÍERREZ, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad 17.017.256-6, ambos domiciliados en calle Carro Miscanti A 17, San Pedro de Atacama y GIACOMO DANTE BASSI GUITÍERREZ, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad 17.974.147-4, domiciliado en calle Laguna Kalima 1473, casa D 23, Calama, constituyeron “SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES INTEGRALES BASSI GUTIERREZ LIMITADA” o “GENO CAR CIA. LTDA.”, el 10.07.2019, cuyo extracto fue publicado en Diario Oficial, 42.411, el 24.07.2019, e inscrita a fojas 190, bajo el N° 92 del Registro de Comercio año 2019, del Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Archivero Judicial de El Loa-Calama, De la rectificación; Que, constituida la sociedad por escritura pública en la forma referida, se extractó su constitución, su respectiva publicación e inscripción en los registros competentes, conforme se ha señalado, no obstante, se advirtió que el extracto, la publicación e inscripción comercial, contiene un error involuntario, que es del siguiente tenor: DICE: ITALO GIOVANNI BASSI GUTÍERREZ, aporta la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES DE PESOS, que equivalen al 60% de los derechos en la sociedad, que en este acto entran en la caja social, de contado y en dinero en efectivo…”. DEBE DECIR: ITALO GIOVANNI BASSI GUTÍERREZ, aporta la suma de $42.000.000, que equivalen al 70% de los derechos en la sociedad, de esta manera el extracto, y en consecuencia la publicación en el Diario Oficial e inscripción en el Registro de Comercio yerran al señalar que dicho aporte equivale al 60% ya que el porcentaje correcto de participación es el equivalente al 70%. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las estipulaciones de su constitución. Demás reglamentaciones escritura extractada. Calama, 04 de Septiembre de 2019.