Instrumento
- Fecha
- 1 de diciembre de 2016
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Providencia, Región Metropolitana
- Duración
- A contar de la fecha de constitución y se disolverá con la muerte de algún
Objeto social
RESTAURANTES, BARES Y CANTINAS
Administración
La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a corresponderá a SAVERIO GARDINO , ALBERTOMARIA FRANZONI , EDUARDO ANTONIO CARQUÍN LATORRE, cualquiera indistintamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEl Registro de Empresas y Sociedades, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449 torre 2 piso 11, comuna de Santiago, certifica que, según consta en el Estatuto Actualizado, don SAVERIO GARDINO, Rut 25.202.709-2, domiciliado en ALMIRANTE PASTENE Nº70 depto/local 902, comuna de PROVIDENCIA, Región METROPOLITANA DE SANTIAGO; ALBERTOMARIA FRANZONI, Rut 24.577.094-4, domiciliado en AVENIDA PRESIDENTE KENNEDY Nº5933 bloque A depto/local 1205, comuna de LAS CONDES, Región METROPOLITANA DE SANTIAGO; constituyeron el 01 de diciembre de 2016, ante el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades una sociedad de responsabilidad limitada, de la que son los actuales socios. NOMBRE: El nombre o razón social de la sociedad es RESTAURANT O.M.B.M. LIMITADA, pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de O.M.B.M. LIMITADA. DOMICILIO: Comuna de Providencia, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a corresponderá a SAVERIO GARDINO , ALBERTOMARIA FRANZONI , EDUARDO ANTONIO CARQUÍN LATORRE, cualquiera indistintamente. OBJETO: RESTAURANTES, BARES Y CANTINAS. DURACIÓN: A contar de la fecha de constitución y se disolverá con la muerte de algún socio. CAPITAL SOCIAL: 50.000.000 de pesos, de los cuales se han enterado 26.000.000 de pesos y quedan por enterar 24.000.000 de pesos; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) SAVERIO GARDINO se obliga a enterar el equivalente al 50 por ciento del capital social, mediante el aporte de $1.000.000 de pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto y 24.000.000 de pesos que enterará en dinero, a más tardar dentro del plazo de 4 meses contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; B) ALBERTOMARIA FRANZONI se obliga a enterar el equivalente al 50 por ciento del capital social, mediante el aporte de 25.000.000 de pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.