IMPORTADORA Y EXPORTADORA FUJITEL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de agosto de 2019
- Notario
- EDWIN RIFFO GONZÁLEZ
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
- Domicilio
- Iquique
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Será la importación, exportación, distribución y comercialización, al por mayor y menor, de todo tipo de mercaderías, artículos electrónicos, automóviles, nuevos y usados, piezas y partes de los mismos. La fabricación y)o modificación de todo tipo de productos, sean primarios o manufacturados. Ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición de bienes muebles e inmuebles, explotación de los mismos incluso bajo permuta u otros títulos traslaticios de dominio; y toda otra operación directa o indirecta relacionada con las anteriores, que acuerden los
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| VINOD MOHANDAS JESSANI | socio | 14606329-2 | — | — | |
| BHAGWAN KISHINCHAND VATVANI | socio | 14640348-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDWIN RIFFO GONZÁLEZ, abogado, Notario Público Iquique, Serrano 386, suplente del titular NESTOR ARAYA BLAZINA, CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí: VINOD MOHANDAS JESSANI, comerciante, C..I. N° 14.606.329-2, Avda. Costanera 3656, Iquique; MARIO JULIO TALKOWSKI, comerciante, C.I.Extr. N° 22.063.795-6, Avda. A. Prat 3524, casa 54, Iquique; BHAGWAN KISHINCHAND VATVANI, comerciante, C..I. 14.640.348-4, Pje. 3 N° 3418; y PATRICIA ALEJANDRA OLIVARES VERÓN, comerciante, C.I. N° 10.983.466-1, Avda. A. Prat 3524, casa 54, Iquique;modifican "IMPORTADORA Y EXPORTADORA FUJITEL LIMITADA", R.U.T. N°76.377.880-0, constituida Notaría de Iquique de doña María Antonieta Niño de Zepeda Parra el 06 de Septiembre de 2005, inscrita a fojas 912 vta. Número 894 Registro de Comercio de Iquique de 2005.- Modificaciones consisten: A) BHAGWAN KISHINCHAND VATVANI, dueño del 33,33% de los derechos sociales, vende y transfiere a VINOD MOHANDAS JESSANI, quien compra y acepta para sí, un 16,66% del total de los derechos sociales, en US$5.000.- que se paga al contado; B) BHAGWAN KISHINCHAND VATVANI, vende y transfiere a PATRICIA ALEJANDRA OLIVARES VERÓN, quien compra y acepta para sí, su restante participación social, 16,67% del total, en US$5.000.- que se paga al contado. C) MARIO JULIO TALKOWSKI, dueño del 33,33%, vende y transfiere a PATRICIA ALEJANDRA OLIVARES VERÓN, quien compra y acepta para sí, el total de su participación social, en US$4.285.- al contado.- En consecuencia, quedan como únicos socios VINOD MOHANDAS JESSANI, dueño del 50% de los derechos sociales y PATRICIA ALEJANDRA OLIVARES VERÓN, dueña del otro 50% de los derechos sociales.- Por este mismo acto, los únicos socios acuerdan Transformar IMPORTADORA Y EXPORTADORA FUJITEL LIMITADA en una Sociedad por Acciones, para cuyos efectos cambian la especie de la misma, modificando su nombre por el de "FUJITEL SpA", regida por las disposiciones del Código de Comercio de Iquique, Art, 424 y siguientes y los siguienes estatutos que se extractan: RAZÓN SOCIAL: "FUJITEL SpA.".- OBJETO: Será la importación, exportación, distribución y comercialización, al por mayor y menor, de todo tipo de mercaderías, artículos electrónicos, automóviles, nuevos y usados, piezas y partes de los mismos. La fabricación y/o modificación de todo tipo de productos, sean primarios o manufacturados. Ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición de bienes muebles e inmuebles, explotación de los mismos incluso bajo permuta u otros títulos traslaticios de dominio; y toda otra operación directa o indirecta relacionada con las anteriores, que acuerden los socios. Además, para los fines sociales podrá actuar como usuaria de los sistemas de zonas francas y/o regímenes de excepción aduaneros sean estos que se encuentren dentro del país o en el extranjero.- DURACION: Indefinida.- DOMICILIO: Iquique.- CAPITAL: US$20.000.- dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, totalmente suscritas y pagadas forma indicada contrato extractado.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 13 de Agosto de 2019.