MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA OSCAR ALEJANDRO BAEZA URRA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 76193409-0 CVE 1655013
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de agosto de 2019
Notaría
Angol

Instrumento

Fecha
21 de agosto de 2019
Comuna
Angol

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Marcel Mathieu Pommiez Ilufí, Notario titular de Cañete, Esmeralda 280 certifico: Por escritura pública ante mí, otorgada el 21.08.2019, doña Joselyn Fernanda Orias Vidal, chilena, soltera, factor de comercio, C.I. 18.017.736-1, Covadonga 1.283, Angol, expuso: Que por escritura pública de 21.06.2012, ante la Notario de Angol Esmirna Vidal Moraga, se constituyó la empresa "CONSTRUCTORA OSCAR ALEJANDRO BAEZA URRA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA" o “CONSTRUCTORA PEHUEN E.I.R.L.”, cuyo extracto se inscribió a Fs. 85, N° 67, año 2012, Registro de Comercio del Conservatorio de Bienes Raíces de Angol, y se publicó el 25.06.2012. Capital: $10.000.000. RUT 76.193.409-0. Modificaciones: A) Por escritura pública de 30.12.2013, ante la misma Notaria nombrada, inscrito a Fs. 4 v. N° 4, año 2014, mismo registro antes nombrado, designaron Gerente General a don Carlos Andrés Contreras Altamirano. B) Por escritura pública de 28.07.2016, ante la citada Notaria de Angol, extracto inscrito a Fs. 60 v. N° 38 año 2016, en el Registro de Comercio ya señalado, se modificó el nombre del Gerente General nombrando a don Nicolas Alejandro Baeza Neira. C) Por Escritura pública de 14.01.2019, el Notario de Angol don Carlos Alejandro Fuentes Cáceres, inscrita a Fs. 6 v. N° 4 año 2019, Registro de Comercio de Angol, don Oscar Alejandro Baeza Urra, como empresario de la empresa individual de responsabilidad limitada, vendió, cedió y transfirió a la compareciente Joselyn Fernanda Orias Vidal la totalidad de su participación, de sus derechos, intereses, facultades y obligaciones y deberes que le corresponde en la empresa “CONSTRUCTORA PEHUEN E.I.R.L”, quien adquirió para sí, la totalidad de los derechos de la Empresa que al cedente le correspondía. Como consecuencia de lo anterior y con la finalidad de refundir todas las modificaciones efectuadas con anterioridad doña Joselyn Fernanda Orias Vidal procedió a repactar el texto definitivo de la Empresa, modificándose las siguientes clausulas. La cláusula 3ª. se modificó el nombre, pasándose a denominar “CONSTRUCTORA JOSELYN FERNANDA ORIAS VIDAL EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, sin perjuicio de conservar el nombre de Fantasía “CONSTRUCTORA PEHUEN E.I.R.L”. La cláusula 4ª., en cuanto al capital a la suma de $15.000.000; La cláusula 9ª. en cuanto al nombre y la persona del Gerente General, que tendrá la administración, representación y uso de la razón social, se designa Gerente General, a doña Yasna Nidia Echeverria Oliva y se designó además como Gerente a don Carlos Andrés Contreras Altamirano, con las facultades expresadas en dicha escritura. A.- Por el presente instrumento la compareciente Joselyn Fernanda Orias Vidal, en su calidad de empresaria constituyente, viene en modificar la cláusula 9ª. del primitivo pacto social de fecha veintiuno de Junio del año dos mil doce, otorgada ante la que fuera Notarío de Angol doña Esmirna Vidal Moraga; en lo relativo a la Administración de la Empresa: Serán actos de la Empresa los ejecutados bajo su nombre y en su representación por sus administradores. La administración de la Empresa corresponderá a la Empresaria doña Joselyn Fernanda Oriaz Vidal sin perjuicio de las facultades conferidas al o los Gerentes designados en la presente escritura. La Empresaria doña Joselyn Fernanda Orias Vidal actuando en forma individual, tendrá individualmente las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Empresa, y demás que señala la escritura. B.- La Empresaria, en este acto designa como Gerente a don Christopher Ricardo Higueras Candía, chileno, soltero, ingeniero, C.I. , 17.158.755-7, Antofagasta 658, población Trizano, ciudad y comuna de Angol, con las facultades que se expresan. C.- Se revoca y excluye de la sociedad como Gerente General a doña Yasna Nidia Echeverria Oliva. En lo no modificado por la presente escritura, continúan plenamente vigentes las restantes estipulaciones contenidas en el pacto social de fecha 21.06.2012, otorgada ante la que fuera Notario de Angol doña Esmirna Vidal Moraga. Se facultó para inscribir. Demás estipulaciones en escritura extractada.