Instrumento
- Fecha
- 30 de agosto de 2019
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Chillán
- Duración
- Indefinida
Objeto social
realización de proyectos, estudios, mediciones, control, construcción, inspección de obras, certificaciones y obras de especialidades relacionadas con la construcción y actividades conexas de consultoría técnica, incluyendo especialmente las referidas al agua, gas, gases clínicos, incendio, electricidad, corrientes débiles, energía solar, eficiencia energética, residuos, estudios de costos y rendimientos, y otras similares. Todos los giros anteriores, por cuenta propia o ajena, como contratista o subcontratista. Administración, representación, uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN BUSTOS BONNIARD, Notario Titular, Chillán, Arauco 620, Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, IGNACIO JULIO GOLDARACENA, domiciliado en Vegas de Saldías 359, Chillán, e IGNACIO ANTONIO PACHECO CIFUENTES, domiciliado en Valladolid 1330, Los Ángeles, constituyeron sociedad por acciones. Razón Social: TECNOAIRE INGENIERÍA SpA. Domicilio: Ciudad de Chillán, sin perjuicio de agencia o sucursales dentro del país o extranjero. Objeto: realización de proyectos, estudios, mediciones, control, construcción, inspección de obras, certificaciones y obras de especialidades relacionadas con la construcción y actividades conexas de consultoría técnica, incluyendo especialmente las referidas al agua, gas, gases clínicos, incendio, electricidad, corrientes débiles, energía solar, eficiencia energética, residuos, estudios de costos y rendimientos, y otras similares. Todos los giros anteriores, por cuenta propia o ajena, como contratista o subcontratista. Administración, representación, uso razón social: corresponderá única y exclusivamente al accionista don IGNACIO JULIO GOLDARACENA. Capital: El capital asciende a $3.000.000, dividido y representado en 30 acciones nominativas, todas de una misma y única serie A (preferente), todas las cuales se encuentras suscritas y pagadas en la siguiente proporción: a) accionista Ignacio Julio Goldaracena, 20 acciones y; b) accionista Ignacio Antonio Pacheco Cifuentes, 10 acciones. Duración: la sociedad tendrá duración indefinida. Responsabilidad: la responsabilidad de los accionistas asciende solo al monto de sus respectivos aportes. - Demás estipulaciones en escritura extractada. Chillán, 30-08-2019.-