IMPORTADORA Y EXPORTADORA MAXPLASTO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de mayo de 2019
- Notario
- EDWIN RIFFO GONZALEZ
- Domicilio
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDWIN RIFFO GONZALEZ, Notario Público Iquique, Suplente del Titular don NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICA: Por escritura pública hoy ante mí, MANOJ JUGAL SHARMA, comerciante, 23.990.415-7, Rancagua 3024 departamento 267 Torre A, Edificio Panorámico, Iquique, por sí y en representación de don ASHOK JIWANDAS LULLA, comerciante, 14.617.830-8, Las Antillas 2262, Edificio Barbados, departamento 504, Iquique; SAAD KHURSHEED, empresario, pasaporte nº AR 4124792, Rancagua 3011, Iquique, modificaron "IMPORTADORA Y EXPORTADORA MAXPLASTO LIMITADA" O "MAXPLASTO LTDA." en los siguientes sentidos: Rectificación. rectifican la escritura pública de fecha 24 de mayo 2019, suscrita ante don PATRICIO TORRES VELOZO notario suplente del títular NÈSTOR ARAYA BLAZINA, rectificando la cláusula segunda, pagina 3 línea 15 de la referida página, donde dice "en la suma de 30.800.000" debe decir "en la suma de 33.800.000"; Cesión: i) El socio don SAAD KHURSHEED, cedió a don MANOJ JUGAL SHARMA, quien acepta y adquiere para sí, el 40 % del capital total de la sociedad y de los derechos sociales. El precio de esta cesión es la suma de $4.000.000.-,ya pagados, en dinero efectivo. ii) El socio don ASHOK JIWANDAS LULLA, cedió a don MANOJ JUGAL SHARMA, quien acepta y adquiere para sí, el 9 por ciento del capital total de la sociedad y de los derechos sociales. El precio de esta cesión es la suma de $1.000.000.-,ya pagados, en dinero efectivo: iii) Quedan como únicos socios MANOJ JUGAL SHARMA con un 99% del capital social ; y don ASHOK JIWANDAS LULLA con un 1% del capital social - iv).-Los actuales socios modifican la cláusula CUARTA del pacto social en el sentido que, la Administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá en forma exclusiva a don MANOJ JUGAL SHARMA. En todo lo no modificado quedan vigente demás cláusulas pacto social, demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 03 de Septiembre 2019.-