CONSTITUCIÓN Cooperativa

COOPERATIVA DE TRANSPORTES RURALES AL MAR

CVE 1654350
Capital
$2.200 CLP
Fecha instrumento
26 de agosto de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
26 de agosto de 2019
Repertorio
4601-2019

Sociedad

Capital
$2.200 CLP
Domicilio
Osorno
Duración
Indefinida

Objeto social

Dedicarse por cuenta propia o ajena al transporte de pasajeros y de carga terrestre, aérea, marítima, fluvial y lacustre. Se podrá dedica por cuenta propia o ajena a la promoción, gestión y ejecución de empresas, proyectos o actividades de turismo. La administración y gestión, por cuenta propia o ajena y a cualquier título, de terminales de buses de pasajero y de carga y empresas de transporte o administración de transporte y, en general, las actividades que persigan el mejoramiento de las condiciones de vida de quienes las desempeñan

Administración

La dirección, administración, operación y vigilancia de la cooperativa estará a cargo de: a) La Junta General de Socios; b) El Consejo de Administración; c) El Administrador o Gerente; d) La Junta de Vigilancia. Ninguna persona que desempeñe en la Cooperativa un cargo remunerado, por concepto de contrato laboral, podrá desempeñar al mismo tiempo el cargo de dirigente en ninguna de sus formas. Serán incompatibles, los cargos en el Consejo de Administración con los de Junta de Vigilancia. Asistieron a la constitución de la cooperativa 28 socios, Repertorio N°4.601-2019

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HARRY MAXIMILIANO WINTER AGUILERA, Abogado Notario Público Titular de Osorno, con oficio en calle Eleuterio Ramírez número novecientos diez, ciudad y comuna de Osorno: Por escritura de fecha 26 de Agosto de 2019, otorgada ante mí, doña JESSICA ODETTE SILVA FUICA, redujo a escritura pública Acta de la Cooperativa de Transportes Rurales Al Mar o COOTRANSMAR. Domicilio: Osorno, sin perjuicio. Ssucursales o agencias en otros puntos del país o del extranjero. Duración: indefinida. Objeto: Dedicarse por cuenta propia o ajena al transporte de pasajeros y de carga terrestre, aérea, marítima, fluvial y lacustre. Se podrá dedica por cuenta propia o ajena a la promoción, gestión y ejecución de empresas, proyectos o actividades de turismo. La administración y gestión, por cuenta propia o ajena y a cualquier título, de terminales de buses de pasajero y de carga y empresas de transporte o administración de transporte y, en general, las actividades que persigan el mejoramiento de las condiciones de vida de quienes las desempeñan. Capital: $2.200.000 dividido en 2.200 cuotas de participación, de un valor inicial de $1000, suscritas y pagadas. Administración: La dirección, administración, operación y vigilancia de la cooperativa estará a cargo de: a) La Junta General de Socios; b) El Consejo de Administración; c) El Administrador o Gerente; d) La Junta de Vigilancia. Ninguna persona que desempeñe en la Cooperativa un cargo remunerado, por concepto de contrato laboral, podrá desempeñar al mismo tiempo el cargo de dirigente en ninguna de sus formas. Serán incompatibles, los cargos en el Consejo de Administración con los de Junta de Vigilancia. Asistieron a la constitución de la cooperativa 28 socios, Repertorio N°4.601-2019.- Demás estipulaciones es escritura extractada.- Osorno, 10 de Septiembre de 2019.-