MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA KENNEDY LIMITADA

RUT 76338585-K CVE 1653619
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de agosto de 2019
Notario
Pablo A. González Caamaño
Oficio
Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 23 de Agosto de 2019, ante mi, Don RENE FABIAN SERPA LILLO, domiciliado en Avenida José Rabat 9200, El Cipres Diecisiete Condominio Los Robles, Comuna Colina y de paso por ésta; doña MARÍA EUGENIA SERPA LILLO, domiciliada en calle Las Margaritas 14 Barrio Las Flores, Chicureo, Comuna de Colina y de paso por ésta; y don ALEJANDRO HENRY HERNÁNDEZ CID, domiciliado en Avenida Providencia 1650 oficina 1409, comuna de Providencia, quien comparece según se acreditará en representación de don JOSÉ RENÉ SERPA VELÁSQUEZ; modificaron CONSTRUCTORA KENNEDY LIMITADA constituida el 13 de Septiembre de 2013, otorgada en la notaría de Santiago de doña Linda Scarllet Bosch Jiménez, cuyo extracto se inscribiera en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 74531 N°49183 año 2013, y publicado en el Diario Oficial el 4 de Octubre de 2013, en sentido que: Doña María Eugenia Serpa Lillo, cede, vende y transfiere sus derechos sociales, de la cual posee en la citada sociedad, esto es, el 5%, en la siguiente forma: a) A don Rene Fabian Serpa Lillo, el equivalente al 4% de los derechos sociales, quien la compra, acepta y adquiere para sí en $200.000, pagados en este acto recibidos a su entera satisfacción; b) A don José René Serpa Velásquez, el 1% de los derechos sociales, quien compra, acepta y adquiere para sí en $50.000, pagados en este acto recibidos a su entera satisfacción. Quedan como socios don Rene Fabian Serpa Lillo, con un 99% y don José Rene Serpa Velásquez con el 1% de participación..- En todo lo no modificado rige pacto social primitivo, declarando los socios que el capital inicial es la suma de $5.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada.