Bannister y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de agosto de 2019
- Repertorio
- 10797/2019
- Notario
- María Pilar Gutiérrez Rivera
- Oficio
- 18 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.400.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Huerfanos 669, piso 8, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 9 de Agosto de 2019, Repertorio N° 10.797/2019, ante mí, John Richard Winston Bannister Potts, con domicilio en calle Julio Zegers 3.973, Comuna de Ñuñoa; John Edgar Bannister Moreno y Rentas BCL SpA, ambos con domicilio en Pedro de Valdivia 2099, Departamento 502, Providencia, Región Metropolitana, modificaron la sociedad denominada Bannister y Compañía Limitada, inscrita a fojas 2.869 número 2.339 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 1995, como sigue: Uno) John Richard Winston Bannister Potts, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos en la sociedad, representados por una cuota ascendente a $120.000, a la sociedad denominada Rentas BCL SpA, quien compró, aceptó y adquirió para sí tales derechos. Como consecuencia de lo anterior, John Richard Winston Bannister Potts se retiró de la compañía y Rentas BCL SpA se incorporó como nueva socia de la sociedad, declarando los restantes socios aceptar tanto la cesión de derechos antes referida así como el ingreso de la nueva socia. Dos) Como consecuencia de lo anterior, se reemplazó el texto de la cláusula cuarta del estatuto social vigente, por el que sigue: “El capital de la sociedad es la suma de $2.400.000, aportado en dinero efectivo y mediante la capitalización de fondos sociales por los actuales socios o sus antecesores, según se indica a continuación: a) don John Edgar Bannister Moreno, la suma de $2.280.000, correspondiente al 95% del capital social; y b) Rentas BCL SpA, la suma de $120.000, correspondiente al 5% del capital social.”. Tres) Finalmente, se modificó parte de la cláusula tercera de los estatutos, en cuanto se cambia la administración de la sociedad y el uso de la razón social, las que en lo sucesivo corresponden a don John Edgar Bannister Moreno con amplias facultades. En caso de faltar el administrador antes designado, por fallecimiento o incapacidad permanente, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Richard Daniel Bannister Moreno, quien podrá actuar individualmente, con las facultades y restricciones señaladas en escritura extractada. Santiago, 30 de agosto de 2019.