COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS RORAIMA SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 4011-2019
- Notario
- Notario Suplente de doña Gloria Ortiz Carmona
- Oficio
- Vigésimo Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “RORAIMA SpA”
- Capital
- $10.000.000 CLP
Objeto social
Explotación de la franquicia Churromania exclusivamente, Establecimiento de Comida Rápida y Cafetería. En general, la realización de cualquier otra actividad lícita, civil, comercial, industrial que el o los accionistas acuerden, ya sea por cuenta propia o ajena y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores, que en la actualidad o en el futuro el constituyente decida emprender, tomando la anterior enunciación solo como referencia y en ningún caso taxativamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAOLA JIMÉNEZ RIQUELME, abogado, Notario Suplente de doña Gloria Ortiz Carmona, abogado, Notario Público de la Vigésimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Compañía de Jesús Nº 1068, local 391 y 395 de Santiago, certifico que por escritura pública Repertorio 4011-2019, otorgada el día de hoy, 6 de septiembre de 2019, ante mí, don JOSE MIGUEL SEGOVIA FEBRES y don JOSE FÉLIX FERRAEZ CARRASCO, constituyeron sociedad por Acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: RAZÓN SOCIAL: “COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS RORAIMA SpA”. NOMBRE DE FANTASÍA: “RORAIMA SpA”. OBJETO: Explotación de la franquicia Churromania exclusivamente, Establecimiento de Comida Rápida y Cafetería. En general, la realización de cualquier otra actividad lícita, civil, comercial, industrial que el o los accionistas acuerden, ya sea por cuenta propia o ajena y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores, que en la actualidad o en el futuro el constituyente decida emprender, tomando la anterior enunciación solo como referencia y en ningún caso taxativamente. CAPITAL: $10.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que los accionistas comparecientes suscriben y pagan de la siguiente manera: a) Accionista don JOSE MIGUEL SEGOVIA FEBRES, aporta la suma de $8.000.000, que se pagan de contado y en dinero en efectivo, que se enteran en este acto a la caja social, equivalentes a 800 acciones y b) Accionista don JOSE FÉLIX FERRAEZ CARRASCO, aporta la suma de $2.000.000, que se pagan de contado y en dinero en efectivo, que se enteran en este acto a la caja social, equivalentes a 200 acciones. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD, USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y EL NOMBRE DE FANTASÍA: Corresponderá a dos Administradores, que podrán ser o no accionistas. Los Administradores serán designados en estos estatutos, y son individualizados a continuación: don JOSE MIGUEL SEGOVIA FEBRES y don JOSE FÉLIX FERRAEZ CARRASCO, quienes actuarán conjunta o separadamente en forma indistinta y representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad. Santiago, 6 de septiembre de 2019.