Revestimientos y Pinturas Permutec Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de julio de 2019
- Repertorio
- 4374
- Notario
- Jorge Reyes Bessone
- Domicilio
- San Miguel
Objeto social
Modificar el objeto social y reemplazar el Artículo Segundo de los Estatutos Sociales, por el que se señala a continuación: “SEGUNDO: El objeto de la Sociedad es: /a) Comprar, vender y arrendar bienes inmuebles, corporales e incorporales, y en general realizar toda clase de actos y negocios inmobiliarios sobre dichos bienes; /b) Ejecutar urbanizaciones, loteos o parcelaciones en bienes inmuebles ya sea actuando por cuenta propia, o en calidad de mandatario de terceros, o en asociación o cuentas en participación con éstos, o mediante la celebración de cualquier otro contrato ya sea nominado o inmominado destinado a los referidos fines; c) Comprar, vender y arrendar bienes muebles, corporales e incorporales, y en general realizar toda clase de actos y negocios sobre dichos bienes, incluyendo la importacion y exportación de todo tipo de bienes muebles; d) Realizar inversiones, por sí o por cuenta o encargo de terceros, en toda clase de bienes, derechos reales o personales, activos, opciones, commodities, cuotas en fondos públicos o privados, posiciones o intangibles, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, se encuentren en Chile o en el extranjero, estén expresados en moneda local o extranjera, especialmente bonos, opciones, futuros, derechos en sociedades de personas, asociaciones, cuentas en participación, joint ventures o comunidades, inmuebles rurales o urbanos, y toda otra naturaleza de inversiones; /e) Formular, elaborar, fabricar, comercializar, distribuir, importar y exportar todo tipo de pinturas, aditivos, revestimientos sintéticos o naturales, polímeros y pavimentos de cualquier especie o naturaleza, así como de los elementos o materiales destinados o necesarios para su elaboración, todo por cuenta propia o ajena; y /f) Celebrar todos los negocios, actos y contratos que direta o indirectamente se relacionen con o sean necesarios para llevar a cabo los objetivos anteriores.”. En lo no modificado permanece vigente el estatuto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Reyes Bessone, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, Comuna de San Miguel, certifico que: por escritura pública de fecha 30 de Julio de 2019, bajo el repertorio 4374, ante mi, Sanatrade S.A., Rut Nº 96.557.700-9, domiciliada en calle Víctor Cuccuini Nº 402, Recoleta, Santiago, Región Metropolitana; y Comercial e Inversiones Ensenada Limitada, Rut Nº 96.611.140-2, domiciliada en calle Víctor Cuccuini Nº 402, Recoleta, Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad Revestimientos y Pinturas Permutec Limitada, sociedad inscrita a fojas 25.816, número 15.334 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015 (la “Sociedad”), acordaron modificar los estatutos de la Sociedad como sigue: a) Nombre Social. Modificar el nombre o razón social, señalando que el nuevo nombre será “Inmobiliaria y Constructora Permutec Limitada”. Con motivo del referido acuerdo, los socios modifican y reemplazan el Artículo Primero de los Estatutos Sociales por el que se señala a continuación: “PRIMERO: El nombre o razón social es “Inmobiliaria y Constructora Permutec Limitada”, pudiendo usar la sigla “Pemutec Limitada”, que la obligará en la misma forma que el empleo de la razón social. Su domicilio es la ciudad o comuna de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que pueda abrir en cualquier punto del país o del extranjero.”; b) Objeto social: Modificar el objeto social y reemplazar el Artículo Segundo de los Estatutos Sociales, por el que se señala a continuación: “SEGUNDO: El objeto de la Sociedad es: /a/ Comprar, vender y arrendar bienes inmuebles, corporales e incorporales, y en general realizar toda clase de actos y negocios inmobiliarios sobre dichos bienes; /b/ Ejecutar urbanizaciones, loteos o parcelaciones en bienes inmuebles ya sea actuando por cuenta propia, o en calidad de mandatario de terceros, o en asociación o cuentas en participación con éstos, o mediante la celebración de cualquier otro contrato ya sea nominado o inmominado destinado a los referidos fines; c) Comprar, vender y arrendar bienes muebles, corporales e incorporales, y en general realizar toda clase de actos y negocios sobre dichos bienes, incluyendo la importacion y exportación de todo tipo de bienes muebles; d) Realizar inversiones, por sí o por cuenta o encargo de terceros, en toda clase de bienes, derechos reales o personales, activos, opciones, commodities, cuotas en fondos públicos o privados, posiciones o intangibles, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, se encuentren en Chile o en el extranjero, estén expresados en moneda local o extranjera, especialmente bonos, opciones, futuros, derechos en sociedades de personas, asociaciones, cuentas en participación, joint ventures o comunidades, inmuebles rurales o urbanos, y toda otra naturaleza de inversiones; /e/ Formular, elaborar, fabricar, comercializar, distribuir, importar y exportar todo tipo de pinturas, aditivos, revestimientos sintéticos o naturales, polímeros y pavimentos de cualquier especie o naturaleza, así como de los elementos o materiales destinados o necesarios para su elaboración, todo por cuenta propia o ajena; y /f/ Celebrar todos los negocios, actos y contratos que direta o indirectamente se relacionen con o sean necesarios para llevar a cabo los objetivos anteriores.”. En lo no modificado permanece vigente el estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Jorge Reyes Bessone, Notario Público Titular de San Miguel. Santiago, 6 de Septiembre de 2019.