PANADERIA SAN JAVIER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de julio de 2019
- Notario
- Gonzalo Hurtado Peralta
- Oficio
- °3° Notaria De Antofagasta Con Oficio en Calle Sna Martin N° 2745 certifica que por escritura publica de fecha 24 de Julio de 2019
- Comuna
- De Antofagasta Con
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGonzalo Hurtado Peralta, Notario Publico Titular De La °3° Notaria De Antofagasta Con Oficio en Calle Sna Martin N° 2745 certifica que por escritura publica de fecha 24 de Julio de 2019, anmte Noatrio Publico Suplente Juan Guillermo Silva Gonzalez: don ARTURO FARIAS MARAMBIO, domicilio en calle Baquedano doscientos treinta y nueve, oficina cuatrocientos diez de Antofagasta, debidamente facultado suscribio escritura de saneamiento de Sociedad de Responsabilidad Limitada “PANADERIA SAN JAVIER LIMITADA” (fjs244 vuelta N°136 año 2016, Registro de Comercio CBR Antofagasta, y Fojas 301 N°236 Registro de Comercio CBR Antofagasta) . en el sentido que: Con fecha dieciséis de Diciembre del año dos mil dieciséis, la Sociedad “PANADERA SAN JAVIER LIMITADA” tuvo la siguiente modificación: El socio don Limber Ariel Acosta Campos vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos y acciones dentro de la sociedad equivalentes al veinticinco por ciento, a don Javier Oscar Calle Sarmiento quien los compro, aceptó, y adquirió para sí; quedando como únicos dueños doña María Angelica Choque Villacorta con el cincuenta por ciento de derechos y acciones sociales, y don Javier Oscar Calle Sarmiento con el cincuenta por ciento de derechos y acciones sociales. Un extracto de la señalada modificación se publicó con fecha quince de Febrero del año dos mil diecisiete en la Edición número cuarenta y un mil seiscientos ochenta y cinco del Diario Oficial e inscrita a fojas trescientos uno bajo el número doscientos treinta y seis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Antofagasta correspondiente al año dos mil diecisiete Es del caso que en el extracto de la citada escritura modificatoria publicado en el indicar que los porcentajes de los únicos y actuales socios serian los siguientes: doña María Angelica Choque Villacorta con el veinticinco por ciento de derechos sociales, y don Javier Oscar Calle Sarmiento con el setenta y cinco por ciento de derechos sociales DEBIENDO DECIR doña María Angelica Choque Villacorta con el cincuenta por ciento de derechos sociales, y don Javier Oscar Calle Sarmiento con el cincuenta por ciento de derechos sociales. En tal sentido el compareciente viene en sanear el extracto de la escritura de modificación precitada rectificándola señalando que los porcentajes de derechos sociales de cada socio son los siguientes: doña María Angelica Choque Villacorta con el cincuenta por ciento de derechos sociales, y don Javier Oscar Calle Sarmiento con el cincuenta por ciento de derechos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Antofagasta a 06 de Septiembre de 2019.