CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES E INMOBILIARIA PATAGONIA SpA

CVE 1651651
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
6 de septiembre de 2019
Repertorio
12317/2019
Notario
Notario Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera
Oficio
Décimo Octava Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
5 años contados desde fecha escritura, prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos

Objeto social

A) La evaluación, realización, corretaje, gestión y administración por cuenta propia o ajena, de proyectos, inversiones y negocios inmobiliarios comprendiendo todos los actos y contratos, disposiciones y administración de bienes raíces, su promoción y comercialización de dichos bienes, ya sea enajenándolos integra o parcialmente por lotes, sitios, pisos, departamentos, locales o cualquier otro tipo de unidad, o explotándola bajo cualquier forma que permita gozar de sus rentas. B) El desarrollo de obras civiles de distinto tipo, dentro de las cuales se considera y sin ser taxativo: La construcción, ampliación, remodelación por cuenta propia o ajena de toda clase de obras, tales como viviendas de todo tipo, oficinas, estacionamientos, locales comerciales, edificios, industrias, caminos, puentes, túneles, y, todo tipo de proyecto relacionado con el rubro, su financiamiento y desarrollo. C) La urbanización, regularización y loteo, sea que se ejecuten por cuenta propia, separada o conjuntamente con terceros o a través de cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera. D) La prestación de servicios y asesorías en todos los ámbitos inmobiliario y de la construcción. E) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma, la administración y explotación de tales bienes y de las rentas a que estos den lugar, y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados. Para el cumplimiento del objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales y valores mobiliarios y gravarlos con hipotecas, prendas y garantías de cualquier clase. Y en general, cualquiera otra actividad u operación que los socios acuerden, sea que se relacione directa o indirectamente con el giro social antes mencionado. F) La comercialización a través de la importación, exportación, distribución y venta de todo tipo de productos, materiales, servicios, bienes e insumos relacionados al área de la construcción. G) En general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, cualquier tipo de negocios y cualquier otra actividad o inversión estén o no relacionadas con las actividades antes descritas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el desarrollo de su negocio o comercio, o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden el o los socios y que tengan relación con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULA ANDREA LUNA SAEZ, Notario Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la Décimo Octava Notaria de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 669, piso 8, de esta ciudad; certifico que por escritura pública otorgada con fecha 06 de Septiembre de 2019, Repertorio N° 12.317 / 2019, ante mí, don PABLO MIGUEL BULO BRAVO, SYLVIA MABEL MATAMALA OLGUÍN y NICOLÁS ANDRÉS BULO MATAMALA, ambos domiciliados en la ciudad de Santiago, constituyeron sociedad por acciones Nombre: “INVERSIONES E INMOBILIARIA PATAGONIA SPA.”, y cuyo nombre de fantasía es “INMOBILIARIA PATAGONIA SpA.”. Objeto: A) La evaluación, realización, corretaje, gestión y administración por cuenta propia o ajena, de proyectos, inversiones y negocios inmobiliarios comprendiendo todos los actos y contratos, disposiciones y administración de bienes raíces, su promoción y comercialización de dichos bienes, ya sea enajenándolos integra o parcialmente por lotes, sitios, pisos, departamentos, locales o cualquier otro tipo de unidad, o explotándola bajo cualquier forma que permita gozar de sus rentas. B) El desarrollo de obras civiles de distinto tipo, dentro de las cuales se considera y sin ser taxativo: La construcción, ampliación, remodelación por cuenta propia o ajena de toda clase de obras, tales como viviendas de todo tipo, oficinas, estacionamientos, locales comerciales, edificios, industrias, caminos, puentes, túneles, y, todo tipo de proyecto relacionado con el rubro, su financiamiento y desarrollo. C) La urbanización, regularización y loteo, sea que se ejecuten por cuenta propia, separada o conjuntamente con terceros o a través de cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera. D) La prestación de servicios y asesorías en todos los ámbitos inmobiliario y de la construcción. E) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma, la administración y explotación de tales bienes y de las rentas a que estos den lugar, y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados. Para el cumplimiento del objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales y valores mobiliarios y gravarlos con hipotecas, prendas y garantías de cualquier clase. Y en general, cualquiera otra actividad u operación que los socios acuerden, sea que se relacione directa o indirectamente con el giro social antes mencionado. F) La comercialización a través de la importación, exportación, distribución y venta de todo tipo de productos, materiales, servicios, bienes e insumos relacionados al área de la construcción. G) En general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, cualquier tipo de negocios y cualquier otra actividad o inversión estén o no relacionadas con las actividades antes descritas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el desarrollo de su negocio o comercio, o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden el o los socios y que tengan relación con el objeto social.- Capital: $1.000.000.- de pesos. PABLO MIGUEL BULO BRAVO, suscribe 350 acciones y paga por ellas $350.000.- y doña SYLVIA MABEL MATAMALA OLGUÍN, suscribe 350 acciones y paga por ellas $350.000.- y NICOLÁS ANDRÉS BULO MATAMALA suscribe 300 acciones y paga por ellas $300.000.-, Administración y Uso Razón Social: PABLO MIGUEL BULO BRAVO.- Plazo: 5 años contados desde fecha escritura, prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos.- Otras estipulaciones: escritura extractada. Santiago, 06 de septiembre de 2019.