INMOBILIARIA E INVERSIONES ANTARITO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de agosto de 2019
- Notario
- HUMBERTO PRIETO CONCHA
- Oficio
- Titular de la 43° Notaría de Santiago don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Sociedad
- Capital
- $670.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO PRIETO CONCHA, Notario Público, Suplente del Titular de la 43° Notaría de Santiago don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, con oficio en Huérfanos 835, piso 18, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 12 de agosto de 2019, ante el titular, don HUGO SIMÓN FERNÁNDEZ DIEZ; doña IVETTE FANY JEQUIER AGOUBORDE, ambos domiciliados para estos efectos en calle Laura Tromben N° 5.732, Vitacura, Región Metropolitana; d oña MARIA LORENA FERNÁNDEZ JEQUIER, domiciliada en Escriva de Balaguer N° 9.195, departamento 404, Vitacura, Región Metropolitana; doña PATRICIA DEL PILAR FERNÁNDEZ JEQUIER, domiciliada en Fontana Rosa N° 6.640, departament o 503, Las Condes; Región Metropolitana; doña IVETTE XIMENA ALEJANDRA FERNÁNDEZ JEQUIER, domiciliada en Río Trancura N° 11.338, Lo Barnech ea, Región Metropolitana; y doña MARIA CAROLINA FERNÁNDEZ JEQUIER, domiciliada en Laura Tromben N° 5.732, Vitacura, Región Metropolitana; modificaron sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES ANTARITO LIMITADA en el siguiente sentido: 1) el socio don Hugo Simón Fernández Diez, vende, cede y transfiere en partes iguales la totalidad de sus derechos sociales de la Sociedad a cada una de las señoras María Lorena Fernández Jequier, Patricia del Pilar Fernández Jequier, Ivette Ximena Alejandra Fernández Jequier y Maria Carolina Fernández Jequier, quienes los compran, aceptan y adquieren, para sí y en partes iguales. Habida consideración de lo antes señalado, por este acto los socios acuerdan modificar el artículo sexto de los estatutos sociales que queda del siguiente tenor: “SEXTO: El capital social es la suma de $670.000.000 el cual ha sido aportado de la siguiente manera: a).- doña María Lorena Fernández Jequier, con la suma de $165.825.000, equivalentes a 24,75% de los derechos sociales; b).- doña Patricia Del Pilar Fernández Jequier, con la suma de $165.825.000, equivalentes a 24,75% de los derechos sociales; c).- doña Ivette Ximena Alejandra Fernández Jequier, con la suma de $165.825.000, equivalentes a 24,75% de los derechos sociales; d).- doña María Carolina Fernández Jequier, con la suma de $165.825.000, equivalentes a 24,75% de los derechos sociales; y e) doña Ivette Jequier Fany Agouborde, con la suma de $6.700.000, equivalentes al 1% de los derechos sociales.” 2) Socios acuerdan modificar el artículo Noveno del pacto social vigente, el cual se remplaza por el siguiente: “NOVENO: La sociedad tendrá una duración indefinida. En todo caso, una vez ocurrido el fallecimiento de la socia doña Ivette Fany Jequier Agouborde, lo cual deberá consignarse mediante una anotación al margen de inscripción social, la sociedad tendrá una duración tres años, contado desde la fecha de muerte de doña Ivette Fany Jequier Agouborde, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de un año cada uno, salvo que dos cualquiera de los socios manifieste su voluntad en contrario, por escritura pública inscrita al margen de la inscripción social, con a lo menos dos meses de anticipación al vencimiento del período que estuviere vigente.” 3) Socios acuerdan modificar pacto social en materias no extractables. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de agosto de 2019.