CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

GEMA MARIA ALEJANDRA VIEDMA LORCA E.I.R.L.

RUT 6609744-7 CVE 1652306
Capital
$5.600.782 CLP
Fecha instrumento
6 de septiembre de 2019
Notaría
San Fernando

Instrumento

Fecha
6 de septiembre de 2019
Notario
ALBERTO ORTEGA JIRON
Oficio
Primera Notaría San Fernando
Comuna
San Fernando

Sociedad

Capital
$5.600.782 CLP
Domicilio
San Fernando

Objeto social

El objeto de la empresa será la administración y ejecución establecimientos educacionales, propios o terceros, y todo relacionado a la educación; y en general todas las actividades que digan relación directa o indirectamente con los fines señalados o cualquiera otra ésta acuerde. Administración, representación y uso nombre empresa corresponderá a la titular doña GEMA MARIA ALEJANDRA VIEDMA LORCA

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
San Fernando socio 6609744-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO ORTEGA JIRON, Notario Público Titular Primera Notaría San Fernando, Chillán 620, certifica: Por escritura de hoy, ante mí; doña GEMA MARIA ALEJANDRA VIEDMA LORCA, chilena, educadora de párvulos, divorciada, 62 años de edad, domiciliada en Los Palacios 580, Condominio Las Araucarias, San Fernando, R.U.N. Nº 6.609.744-7, constituyó empresa individual responsabilidad limitada hasta el monto de su aporte. Nombre empresa "GEMA MARIA ALEJANDRA VIEDMA LORCA E.I.R.L.". Objeto: El objeto de la empresa será la administración y ejecución establecimientos educacionales, propios o terceros, y todo relacionado a la educación; y en general todas las actividades que digan relación directa o indirectamente con los fines señalados o cualquiera otra ésta acuerde. Administración, representación y uso nombre empresa corresponderá a la titular doña GEMA MARIA ALEJANDRA VIEDMA LORCA. Capital: $5.600.782, equivalente a 200 U.F, al valor de $28.003,91, dinero efectivo, ingresado caja empresa. Duración empresa: 5 años contados desde fecha escritura. Domicilio: San Fernando, sin perjuicio de sucursales resto del país o extranjero. Demás estipulaciones en contrato extractado. San Fernando, 06 Septiembre 2019.