MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Consultoría Agrícola Rural Limitada

RUT 76550166-0 CVE 1652419
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de agosto de 2019
Notaría
Coyhaique

Instrumento

Fecha
12 de agosto de 2019
Notario
JUAN CARLOS SAN MARTIN MOLINA
Oficio
1ª Notaria de Coyhaique
Comuna
Coyhaique

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CARLOS SAN MARTIN MOLINA, Abogado, Notario Público Titular de la 1ª Notaria de Coyhaique, con oficio en calle 21 de Mayo Nº 551 de esta ciudad, certifico: Por escritura de 12 de agosto de 2019, ante mí, don Francisco Javier Vio Morales, por si y en representación de don Ignacio Andrés Arévalo De Vidts, don Javier Ignacio Soler Guerrero, por si y en representación de don Francisco Javier De La Torre Arévalo, todos domiciliados en Carretera Austral Sur Km. 265, Bahía Catalina, Región de Aysén, han modificado la sociedad Consultoría Agrícola Rural Limitada o Rural Limitada, publicada en el Diario Oficial con fecha 01 de junio de 2016 e inscrita a fs. 3 Nº 3 del Conservador de Comercio de Cochrane del año 2016, de la siguiente forma: ingresaron como socios a la sociedad don Francisco Javier De la Torre Arévalo y don Ignacio Andrés Arévalo De Vidts, adquiriendo el catorce y el cinco por ciento de los derechos sociales, respectivamente. Reformaron la cláusula del Capital Social, quedando como sigue: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, cantidad que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: socio don Francisco Javier Vio Morales aporta y entera la suma de $405.000, al contado y en dinero efectivo ya ingresado a la caja social; socio don Javier Ignacio Soler Guerrero aporta y entera la suma de $405.000, al contado y en dinero efectivo ya ingresado a la caja social; socio don Francisco Javier De la Torre Arévalo aporta y entera la suma $140.000, al contado y en dinero efectivo ya ingresado a la caja social; y socio don Ignacio Andrés Arévalo De Vidts aporta y entera la suma de $50.0000, al contado y en dinero efectivo ya ingresado a la caja social. En consecuencia los porcentajes que corresponden a cada socio conforme a los aportes señalados en la presente cláusula son los siguientes: socio don Francisco Javier Vio Morales 40,5% de los derechos sociales; socio don Javier Ignacio Soler Guerrero 40,5% de los derechos sociales; socio don Francisco Javier De la Torre Arévalo 14% de los derechos sociales; socio don Ignacio Andrés Arévalo De Vidts 5% de los derechos sociales. Demás estipulaciones escritura extractada. Coyhaique, 09 de septiembre del 2019.