Sutter Hermanos Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de agosto de 2019
- Notario
- MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Oficio
- 7ª Notaría
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público Titular de la 7ª Notaría, Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, Santiago, certifico: que por escritura publica de fecha 30 de Agosto de 2019, ante mí: Alberto Emilio René Sutter Labarca, Jacqueline Graciela Sutter Sánchez, Pedro Alejandro Sutter Sánchez, y María Angélica Maturana Morales, todos domiciliados para estos efectos en calle Noruega número 6335, Comuna de Las Condes Santiago, modifican sociedad “Sutter Hermanos Limitada”, inscrita a Fojas 12.802 vuelta número 6.615 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 1985. Modificaciones: Pedro Alejandro Sutter Sánchez, vende, cede y transfiere 4,5 por ciento de derechos totales de “Sutter Hermanos Limitada” a Alberto Emilio René Sutter Labarca quien los compra y adquiere para si. Precio cesión $16.606.715.- pagados. Pedro Alejandro Sutter Sánchez, vende, cede y transfiere 11,68 por ciento de los derechos totales de “Sutter Hermanos Limitada” a María Angélica Maturana Morales, quien los compra y adquiere para si. Precio Cesiòn $38.793.285.- Pagados. Considerando cesiones que se dió cuenta sociedad actualmente queda conformada por los socios Alberto Emilio René Sutter Labarca con 54,5 por ciento del Capital e interés social, Jacqueline Graciela Sutter Sànchez con 24,99 por ciento del capital e interés social; Pedro Alejandro Sutter Sánchez con 0,5 por ciento del capital e interés social, y Marìa Angèlica Maturana Morales con 20,01 del capital e interés social, los cuales convienen: A) Continuar en sociedad . B) Modificar, de la Cláusula Cuarta de los estatutos sociales, lo dispuesto en la letra B.-Tres) de ella, la cual se reemplaza por la siguiente: “B-Tres) Que sin perjuicio de lo precedentemente señalado, uno cualquiera de los señores Alberto Emilio René Sutter Labarca o doña María Angélica Maturana Morales podrán, actuando siempre en conjunto con uno cualquiera de los señores Jacqueline Graciela Sutter Sánchez o Santiago Eduardo Palma Sutter por la sociedad girar, cobrar, depositar, endosar, y revalidar cheques sobre cualquier cuenta corriente que tenga o pueda tener la sociedad. C) Modificar la Cláusula Décimo Primera la cual quedará así : “DECIMO PRIMERA : En caso de fallecimiento de alguno de los socios , la sociedad continuará con él o los socios sobrevivientes y él o los herederos del socio fallecido, los que designarán un mandatario común entre ellos en caso de ser éstos varios. En caso de fallecer el socio administrador de la sociedad don Alberto Emilio René Sutter Labarca la sociedad será administrada por las socias doña María Angélica Maturana Morales y Jaqueline Graciela Sutter Sánchez, quienes deberán actuar en conjunto con todas y cada una de las facultades indicadas en la Cláusula Cuarta de los Estatutos sociales.” D) Que en todo lo no modificado se mantiene vigente el estatuto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 03 de septiembre de 2019.