MVE SERVICIOS GLOBALES SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2019
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario, titular de la 26ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835, 2º piso, certifico que por escritura pública de 28 de Agosto de 2019, ante mí, MARÍA VERÓNICA ECHAGÜE PÉREZ, cédula nacional de identidad número 8.820.540-5, domiciliada en calle Estocolmo 340 departamento 303, Las Condes, Santiago; en su calidad de única accionista modificó la sociedad por acciones “MVE SERVICIOS GLOBALES SpA”, inscrita a fojas 66.826 número 48933 del Registro de Comercio de Santiago del año 2011, RUT 76.177.013-6. La modificación consiste en que se reemplaza el artículo cuarto de los Estatutos Sociales por el siguiente: ““Artículo Cuarto.- El objeto de la sociedad es: a) la prestación de servicios de aseo y mantención de edificios e instalaciones industriales; b) la prestación de servicio de lavado y limpieza, de toda clase de productos textiles, vestimenta y ropa de casa; c) la prestación de servicios de jardinería, construcción, instalación y reparación de todo tipo de instalaciones eléctricas, gasfitería, calefacción y aire acondicionado; c) la explotación y establecimiento de cafeterías, bares, restaurantes, centros de eventos, y/o de cualquier clase de establecimiento abierto al público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general; d) la importación, exportación, compra, venta, comercialización al por mayor o al detalle, representación y distribución, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes muebles, productos, materias primas, y maquinaria de cualquier naturaleza y uso, y de toda clase de productos y servicios relativos o necesarios a su giro. El desarrollo de cualquier otra actividad que acuerden los accionistas. Dichas actividades las podrá desarrollar por cuenta propia o ajena, asociándose con otras personas jurídicas o naturales, contratando o subcontratando los servicios que sean necesarios.” En lo no modificado rige íntegramente el pacto social primitivo. Otras estipulaciones no materia de extracto en la escritura extractada. Santiago, 03 de Septiembre de 2019. HQM.-