MONTAJE, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS A LA MINERÍA E INDUSTRIA SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 6833
- Notario
- JOHN GALLARDO GÓMEZ
- Oficio
- 2ª Notaría de La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOHN GALLARDO GÓMEZ, Abogado, Notario Público de la 2ª Notaría de La Serena, Suplente del Titular don Oscar Fernández Mora, con oficio en calle Cordovez número 588, local 108, comuna y ciudad de La Serena, Región de Coquimbo, certifico: que con fecha 05 de Septiembre de 2019, Repertorio 6833, ante mi comparecen: Don MARCO ANTONIO MORALES RODRÍGUEZ, chileno, ingeniero en ejecución mecánica, soltero, cédula nacional de identidad número dieciocho millones cuatrocientos cincuenta mil ciento setenta y ocho guion tres (N°18.450.178-3), domiciliado en Pedro Pablo Rubens número tres mil nueve, San Joaquín, comuna de La Serena; y /Dos/ doña CATALINA ISIDORA PÉREZ TORRES, chilena, administrativa, soltera, cédula nacional de identidad número veinte millones seis mil cuatrocientos veintisiete guion cinco (N°20.006.427-5), domiciliada en Del Almacén número ciento siete, La Herradura, comuna de Coquimbo, en adelante ambos, los “Accionistas”; se redujo a escritura pública la modificación de estatutos de “MONTAJE, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS A LA MINERÍA E INDUSTRIA SpA” R.U.T. N°76.686.307-8 en adelante “la Sociedad”, sociedad inscrita a fojas ciento cuarenta, número sesenta y siete del año dos mil diecisiete del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Coquimbo, en la cual se acordó modificar la persona del administrador siendo designado don MARCO ANTONIO MORALES RODRÍGUEZ, chileno, ingeniero en ejecución mecánica, soltero, cédula nacional de identidad número dieciocho millones cuatrocientos cincuenta mil ciento setenta y ocho guion tres (N°18.450.178-3), domiciliado en Pedro Pablo Rubens número tres mil nueve, San Joaquín, comuna de La Serena, quien como administrador tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad. El administrador obligará a la Sociedad anteponiendo su firma a la razón social, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, estará investido de todas y de las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición. Capital Inicial de la sociedad: $10.000.000.- Demás estipulaciones en escritura extractada. La Serena, 05 de Septiembre de 2019.