Instrumento
- Fecha
- 3 de septiembre de 2019
- Notario
- MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Oficio
- 7ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- En la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La sociedad comenzará a regir con esta misma fecha y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los accionistas que represente el cuarenta por ciento de las acciones con derecho a voto manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso mediante escritura pública, que se inscribirá al margen de la inscripción social la cual se notificará mediante carta certificada o personalmente a los demás accionistas, todo con una anticipación de, a lo menos tres meses antes del fin del respectivo período
Objeto social
El objeto de la sociedad serán los servicios ópticos, la compra y venta al por mayor y menor de artículos ópticos, la compra venta, importación y exportación de toda clase de equipos médicos, capacitaciones y asesorías médicas, la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como; acciones, promesas de acciones, bonos o debentures, planes de ahorro, especialmente en cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y toda clase de títulos y valores; la compra, venta, enajenación, adquisición a cualquier título de inmuebles o derechos inmobiliarios; el usufructo, arrendamiento, uso y goce, disposición por cualquier tipo de actos y contratos sobre la propiedad inmobiliaria, efectuar operaciones de comercio exterior, importar y exportar todo tipo de bienes y productos, en general, celebrar actos, convenios, contratos y autocontratos mercantiles o administrativos y en general efectuar y toda otra actividad que el constituyente disponga y se relacione con las ya mencionadas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 03/09/2019 ante mí: don David Sergio Kohn Bitrán, cedula de identidad Nº 15.638.095-4, domiciliado en Enrique Foster Norte Nº 265, depto. 202, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, constituye una sociedad por acciones: NOMBRE: "INVERSIONES BET SpA" sin perjuicio de poder usar como nombre de fantasía el de “BET SpA”, ante bancos, instituciones financieras y en general ante cualquier persona natural o jurídica. CAPITAL: $1.000.000.- dividido en 50.000 acciones de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado - OBJETO: El objeto de la sociedad serán los servicios ópticos, la compra y venta al por mayor y menor de artículos ópticos, la compra venta, importación y exportación de toda clase de equipos médicos, capacitaciones y asesorías médicas, la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como; acciones, promesas de acciones, bonos o debentures, planes de ahorro, especialmente en cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y toda clase de títulos y valores; la compra, venta, enajenación, adquisición a cualquier título de inmuebles o derechos inmobiliarios; el usufructo, arrendamiento, uso y goce, disposición por cualquier tipo de actos y contratos sobre la propiedad inmobiliaria, efectuar operaciones de comercio exterior, importar y exportar todo tipo de bienes y productos, en general, celebrar actos, convenios, contratos y autocontratos mercantiles o administrativos y en general efectuar y toda otra actividad que el constituyente disponga y se relacione con las ya mencionadas DOMICILIO: En la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de los domicilios especiales, agencias, sucursales, representaciones y oficinas que pueda establecer en cualquier punto del país o en el extranjero. PLAZO: Duración. La sociedad comenzará a regir con esta misma fecha y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los accionistas que represente el cuarenta por ciento de las acciones con derecho a voto manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso mediante escritura pública, que se inscribirá al margen de la inscripción social la cual se notificará mediante carta certificada o personalmente a los demás accionistas, todo con una anticipación de, a lo menos tres meses antes del fin del respectivo período. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de Septiembre de 2019.