FERTILIZANTES, MEZCLAS Y CALCIO SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de septiembre de 2019
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público de Concepción, O’Higgins 528, Concepción, certifica: Por escritura pública de 03/09/2019, Rep. Nº5528 ante mí, “FERTILIZANTES, MEZCLAS Y CALCIO SpA” o “FERCAL SpA”, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos setenta y dos mil setecientos treinta y uno guion dos, representada por don Carlos Gilberto Medrano Retamal, chileno, divorciado, corredor de propiedades, cédula nacional de identidad número seis millones noventa mil quinientos cincuenta y uno guion siete, ambos con domicilio en calle Nueva Providencia número mil trescientos sesenta y tres, oficina novecientos dos de la comuna de Providencia, Región Metropolitana, con facultades suficientes, modifica FERTILIZANTES, MEZCLAS Y CALCIO SpA” o “FERCAL SpA” capital $500.000, de la siguiente manera; a) El nombre de FERTILIZANTES, MEZCLAS Y CALCIO SpA” cuyo nombre o razón social es “FERCAL SpA”. Al nombre o razón social de FER INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SpA, y al nombre de fantasía FER INMOBILIARIA SpA., y B) Modificar el objeto de la sociedad el cual es el desarrollo de negocios mineros, constituir o constituirse en servidumbres por sí y por terceros, la compraventa de derechos mineros, explotación de negocios relacionados, fábrica de mineral de calizas y sus derivados y fertilizantes agrícolas, ejecución de proyectos mineros, en sus formas más amplias, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma dichos proyectos, constituir platas para procesos de fabricación, explotación de toda clase de minerales por cuenta propia o ajena, asociarse con inversionistas externos, con sociedades de responsabilidad limitada, sociedades de capital, para la ejecución y desarrollo de los mismos, y toda otra actividad conexa o necesaria a las anteriores; al nuevo objeto de A) La realización de todo tipo de obras, proyectos, trabajos y obras de ingeniería, construcción, montaje, mantención y reparación de toda clase de edificaciones, tales como casas, condominios, locales, galerías, edificios, fabricas, estructuras, caminos de todo tipo y clase, obras viales, defensas fluviales, obras de regadío, obras de alcantarillado, puentes, obras civiles de cualquier clase o tipo, por cuenta propia y ajena, por administración o por suma alzada, mediante contrato o propuesta, pública o privada, pudiendo actuar como contratista de entidades públicas o privadas, así como la realización de obras complementarias a dicho rubro; B) La construcción, promoción, venta, administración, arriendo y explotación de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; C) La construcción, por cuenta propia o ajena, de viviendas económicas o sociales, de aquellas definidas y reglamentadas por las normas del Decreto con Fuerza de Ley número dos de mil novecientos cincuenta y nueve y la ejecución de actos y la celebración de contratos que directa o indirectamente se relacione con dicho objeto; teniendo presente los reglamentos y modificaciones posteriores de la legislación indicada o de las disposiciones legales que, en adelante, rijan esta clase de viviendas; D) La explotación de dichas viviendas; E) Las adquisiciones de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones, los loteos y urbanizaciones de terrenos, la fabricación de materiales o elementos relacionados con el objeto; F) Las urbanizaciones y construcciones conjuntas, aun cuando sean por cuenta de terceros, las urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u organismos de administración autónoma de! Estado o Municipales y las que se hagan de acuerdo a proyectos, aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; G) La prestación de asesorías para loteos y urbanizaciones y la ejecución de todas las obras que derivan o puedan derivar de dichos loteos y urbanizaciones; H) La ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición; I) En la misma forma, la ejecución de todo tipo de obras civiles de construcción, pavimentación, reposición de calles y veredas, instalaciones de redes de servicios habitacionales y la ejecución de obras civiles mayores tales como la construcción de caminos, carreteras, puentes, túneles, aeródromos, aeropuertos, obras hidráulicas y obras de similar o análoga naturaleza. J) El arriendo, compraventa, explotación, gestión, comercialización, intermediación y mantención de toda clase de maquinaria, equipos, dispositivos de carácter industrial, civil, forestal, agrícola, sean propios o ajenos, incluyendo arriendo de vehículos de carga y de transporte tales como retroexcavadoras, excavadoras, rodillos, motoniveladoras, plumas, grúas, cargadores frontal, camiones aljibes, camiones tolva, camiones para transportes de maquinaria, contenedores, camionetas, furgones u otros análogos; K) La extracción y comercialización de áridos, tierras, movimiento de tierras, materiales, escombros, restos de faenas forestales, industriales, de construcción, sean en vehículos propios o de terceros; L) La elaboración, diseño, dirección, administración, montaje y supervisión y ejecución, de proyectos de arquitectura, ingeniería, construcción, loteo y urbanización y demás proyectos comprendidos dentro del rubro de la construcción; M) La actividad de desarrollo de proyectos inmobiliarios, parcelaciones, loteos; la compraventa, enajenación, explotación y arriendo de bienes raíces o muebles; N) Y en general, cualquiera otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con el presente objeto, pudiendo desde luego desarrollar cualquier otro negocio que los socios acuerden en el futuro.-En todo lo no modificado continua vigente el pacto social. Otras estipulaciones en escritura extractada.- CONCEPCION, 06 de septiembre de 2019.