Instrumento
- Fecha
- 3 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 7117-2019
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la prestación y el desarrollo de todo tipo de asesorías o servicios a personas naturales o jurídicas, en especial proporcionar asesorías o servicios financieros, comerciales, tributarios, de
Administración
Asimismo, la sociedad podrá efectuar toda clase de inversiones, la administración, usufructo o disposición de esas inversiones, pudiendo estas inversiones recaer sobre cualquier tipo de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles; y participar en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones y fondos de inversión públicos o privados, pudiendo efectuar también la comercialización de cualquier especie de documento de crédito o valores negociable, pagarés, libranzas, depósitos a plazo negociables o de cualquier otro tipo, así como cualquier otra actividad relacionada con las anteriores que los socios acuerden.;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular 10° Notaría de Santiago, Agustinas N°1235, 2° Piso, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 3 de septiembre de 2019, repertorio N°7.117 -2019, ante mí, comparece: JOSÉ FRANCISCO GAYANI LARIOS, domiciliado en Avenida El Golf N° 99, oficina 702, comuna de Las Condes, ciudad Santiago, constituyó sociedad por acciones: Razón Social: PRISMA ASESORÍAS SpA; Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación y el desarrollo de todo tipo de asesorías o servicios a personas naturales o jurídicas, en especial proporcionar asesorías o servicios financieros, comerciales, tributarios, de administración. Asimismo, la sociedad podrá efectuar toda clase de inversiones, la administración, usufructo o disposición de esas inversiones, pudiendo estas inversiones recaer sobre cualquier tipo de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles; y participar en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones y fondos de inversión públicos o privados, pudiendo efectuar también la comercialización de cualquier especie de documento de crédito o valores negociable, pagarés, libranzas, depósitos a plazo negociables o de cualquier otro tipo, así como cualquier otra actividad relacionada con las anteriores que los socios acuerden.; Capital: $500.000.- dividido en 50 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma convenida en el artículo primero transitorio de la escritura extractada; Demás estipulaciones en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 3 de septiembre de 2019. Valeria Ronchera Flores. Notario Publico.