MOVIMIENTO DE TIERRA Y CONSTRUCCIÓN VERONA DOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de abril de 2009
- Notario
- JENSON AARON KRIMAN NUÑEZ
- Oficio
- 2 Notaría San Antonio
- Comuna
- San Antonio
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES PROVIDENCIA LIMITADA | socio | 76282530-9 | — | — | |
| INMOBILIARIA LAS ÑIPAS LIMITADA | socio | 76279570-1 | — | — | |
| PABLO IGNACIO ORELLANA GONZALEZ | socio | 17456314-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJENSON AARON KRIMAN NUÑEZ, Notario Público, Titular 2 Notaría San Antonio, con oficio en Calle Lauro Baros Nº 96, San Antonio, certifico: por escritura pública hoy ante mí, doña Yeli Roxanna González Vidal, en representación acreditada de la sociedad INVERSIONES PROVIDENCIA LIMITADA, RUT N° 76.282.530-9; don Víctor Robinson Orellana Pavez, en representación acreditada de la sociedad INMOBILIARIA LAS ÑIPAS LIMITADA, RUT N° 76.279.570-1; y don PABLO IGNACIO ORELLANA GONZALEZ, RUT N° 17.456.314-4, todos domiciliados en Calle Inmaculada Concepción N° 439, Llo-lleo, San Antonio, suscribieron escritura pública de modificación de estatutos y cesión de derechos sociales, respecto la sociedad MOVIMIENTO DE TIERRA Y CONSTRUCCIÓN VERONA DOS LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 17 de abril del año 2009, otorgada ante la Notario Público de San Antonio, señora Ximena Ricci Díaz. Publicada en extracto en la edición del Diario Oficial N° 39.343 de fecha 22 de Abril del año 2009, e inscrito a fojas 77 vuelta, N° 91 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del año 2009. Modificación que es del siguiente tenor: Modificación de estatutos sociales; venta de derechos sociales: a) Yeli Roxanna González Vidal, en representación según se indicó de la sociedad INVERSIONES PROVIDENCIA LIMITADA, y expresamente autorizado por su consocio, vende, cede y transfiere la totalidad de sus acciones, derechos e intereses en la sociedad MOVIMIENTO DE TIERRA Y CONSTRUCCION VERONA DOS LIMITADA, que ascienden a un 62.5% del capital social, en la proporción y a las personas que a continuación se indican: UNO) Vende, cede y transfiere un 40% de sus derechos sociales, a don Pablo Ignacio Orellana González, quien compra y adquiere para sí. El valor de la presente cesión o compraventa, es la suma de $40.000.000, que el comprador o cesionario pagará según el siguiente detalle: a) con la suma de $5.000.000 de pesos, al contado y en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente, recibir dicha suma de dinero a su más completa y entera conformidad; b) el saldo, esto es la $35.000.000 de pesos, los pagará en 70 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de $500.000 mil pesos cada una de ellas, con vencimiento la primera de éstas el día 30 de Noviembre de 2019, y las restantes los días 30 de cada mes; DOS) Vende, cede y transfiere un 22.5% de sus derechos sociales, a la sociedad INMOBILIARIA LAS ÑIPAS LIMITADA, por quien compra y adquiere para sí, su representante legal ya individualizado en la comparecencia. El valor de la presente cesión o compraventa, es la suma de $22.500.000 pesos, que la compradora o cesionaria pagará según el siguiente detalle: a) con la suma de $10.000.000, al contado y en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente, recibir dicha suma de dinero a su más completa y entera conformidad; b) el saldo, esto es la suma de $12.500.000 pesos, los pagará en veinticinco cuotas iguales, mensuales y sucesivas de $500.000 cada una de ellas, con vencimiento la primera de éstas el día 30 de Noviembre de 2019, y las restantes los días 30 de cada mes. Conforme lo anterior, quedan como únicos y exclusivos de la sociedad MOVIMIENTO DE TIERRA Y CONSTRUCCION VERONA DOS LIMITADA, la sociedad INMOBILIARIA LAS ÑIPAS LIMITADA, titular de un 60% de derechos sociales; y don PABLO IGNACIO ORELLANA GONZALEZ, titular de un 40% por ciento de derechos sociales. En todo lo no modificado, continuán vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo. Demás estipulaciones en contrato extractado. San Antonio, 05 de Septiembre de 2019.