SOCIEDAD PESQUERA ARTESANAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de agosto de 2019
- Repertorio
- 11582-2019
- Notario
- RAMÓN GARCÍA CARRASCO
- Domicilio
- Concepción
- Comuna
- Mario Patricio Aburto
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- CORONEL
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Uno) La pesca artesanal. Dos) transporte de carga y de pasajeros; Tres) cabotaje y mantenciones submarinas; Cuatro) compra y venta de productos del mar, manipulación y procesamiento de dichos productos; Cinco) Podrá también realizar todas actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios y permita un mejor aprovechamiento de la organización social. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAMÓN GARCÍA CARRASCO, Abogado, Notario Público de Concepción, con domicilio en calle Rengo número cuatrocientos cuarenta y cuatro de la ciudad de Concepción, certifica que por escritura de fecha 23/08/2019 Repertorio 11582-2019, ante mí, DEIDAMIA EFIJENIA CIFUENTES DURAN, microempresaria, C.I. 9.277.409-0 y ROSENDO ALFREDO ARROYO REBOLLEDO, microempresario, C.I. 8.760.656-2, por sí y en representación de CLAUDIA ANDREA ARROYO CIFUENTES, educadora de párvulos, C.I. 14.213.310-5, ambos domiciliados en Mackay Nº 484, Lo Rojas, Coronel, socios de SOCIEDAD PESQUERA ARTESANAL LIMITADA, inscrita a fojas 203 Nº 153 del Registro de Comercio de coronel del año 2011, resciliaron y dejaron sin efecto cesiones de derechos y modificación de sociedad otorgada por escritura pública de fecha 10 de abril de 2019, Notaría de Mario Patricio Aburto Contardo, inscrita a fojas 80 Nº 56 del Registro de Comercio de Coronel del año 2019 y publicada en el Diario Oficial de la República con fecha 16 de mayo de 2019, dejando sin efecto cesión de derechos de CLAUDIA ANDREA ARROYO CIFUENTES, a DEIDAMIA EFIJENIA CIFUENTES DURAN, por un veinte por ciento y a ROSENDO ALFREDO ARROYO REBOLLEDO por un cuarenta por ciento. Recobran su vigencia los estatutos otorgados en el acto de constitución de la sociedad y su modificación, quedando como socias CLAUDIA ANDREA ARROYO CIFUENTES y DEIDAMIA EFIJENIA CIFUENTES DURAN, en un sesenta y cuarenta por ciento, respectivamente. Por el mismo instrumento, CLAUDIA ANDREA ARROYO CIFUENTES cedió y transfirió a DEIDAMIA EFIJENIA CIFUENTES DURAN, que adquirió para sí el total de los derechos de la cedente, ascendentes a un 60 por ciento. Precio: $6.000.000, pagados de contado. DEIDAMIA EFIJENIA CIFUENTES DURAN, titular del total de las acciones y derechos, transformó la “SOCIEDAD PESQUERA ARTESANAL LIMITADA” en una sociedad por acciones, regida por normas del Código de Comercio, NOMBRE: "SOCIEDAD PESQUERA ARTESANAL SpA". OBJETO: Uno) La pesca artesanal. Dos) transporte de carga y de pasajeros; Tres) cabotaje y mantenciones submarinas; Cuatro) compra y venta de productos del mar, manipulación y procesamiento de dichos productos; Cinco) Podrá también realizar todas actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios y permita un mejor aprovechamiento de la organización social. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. CAPITAL: $10.000.000 dividido 1.000 acciones nominativas, una serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. DURACION: Indefinida, desde fecha escritura. DOMICILIO: CORONEL. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, Septiembre 04 de 2019.