MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES SOLARI LIMITADA

RUT 77089630-4 CVE 1649940
Capital
$121.250 CLP
Fecha instrumento
22 de agosto de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de agosto de 2019
Repertorio
11960
Notario
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Oficio
7ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$121.250 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

Uno) Efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, inclusive acciones, participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas y frutos que se deriven de las anteriores; Dos) La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventa, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos; Tres) La prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesional o técnica, consultorías y capacitaciones en materia de gestión comercial, administrativa, financiera, y servicios afines; Cuatro) La prestación de asesoría y consultoría técnica y profesional en el área económica, administrativa, financiera, tributaria, contable y de estrategia de inversiones, realización de estudios, elaboración de informes, implementación, ejecución y desarrollo de planificación estratégica, análisis de inversiones, investigación de mercados, organización y supervisión de activos.;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario público Titular de la 7ª Notaria de Santiago, con oficio en Agustinas N° 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 22 de Agosto de 2019, otorgada ante mí bajo Repertorio Nº 11.960 – 2.019, Aldo Jaime Solari Ascui C.I. N° 6.436.497-9, Sybella Adriana Grünwald Musso C.I. N° 7.037.198-7, Stefano Alessandro Solari Grünwald C.I. N° 16.368.243-5, Giancarlo Solari Grünwald C.I. N° 17.083.656-7, Caterina Sybella Solari Grünwald C.I. N° 17.404.060-5, todos La Tagua N° 3649, Lo Barnechea, en su calidad de únicos y actuales socios acordaron modificar y transformar en Sociedad Anónima Cerrada “SOCIEDAD DE INVERSIONES SOLARI LIMITADA”, inscrita a Fjs. 23.565 N° 18.999 Reg. Com. CBR Santiago 1997. Modificaciones consisten: 1) Aumentar capital social de $50.000.000.- a $121.250.000.- el que será enterado por socios Stefano Alessandro Solari Grünwald, Giancarlo Solari Grünwald, Caterina Sybella Solari Grünwald, en partes iguales, esto es $23.750.000.- aporte que en parte efectúan mediante capitalización de cuenta por cobrar que tienen en contra de SOCIEDAD DE INVERSIONES SOLARI LIMITADA, la cual asciende a la suma de $60.000.000.-, y que cada uno capitaliza por la suma de $20.000.000.- , y el saldo de $3.750.000.-, lo aportarán en dinero en efectivo o en otros bienes, medida necesidades sociales lo requieran, pero en todo caso dentro del plazo de 5 años contados desde fecha escritura; 2) En mérito anterior, actuales socios acuerdan reemplazar cláusula 4° estatutos, relativa a capital social, en siguiente tenor extractado: “CUARTO: Capital social $121.250.000.- que socios han aportado, aportan y aportarán en forma, proporción y oportunidad que a continuación se indica: a) Aldo Jaime Solari Ascui, $24.250.000.- equivalentes a 20% derechos sociales, enterado e ingresado con anterioridad ésta fecha caja social; b) Sybella Adriana Grünwald Musso, $24.250.000.- equivalentes a 20% derechos sociales, enterado e ingresado con anterioridad ésta fecha caja social; c) Stefano Alessandro Solari Grünwald, $24.250.000.- equivalentes a 20% derechos sociales, de los cuales ha pagado e ingresado en arcas sociales $20.500.000.- saldo de $3.750.000.- pagará en dinero en efectivo u otros bienes, medida sociales lo requieran, dentro de plazo de 5 años fecha escritura; d) Giancarlo Solari Grünwald, $24.250.000.- equivalentes a 20% derechos sociales, de los cuales ha pagado e ingresado en arcas sociales $20.500.000.- saldo de $3.750.000.- pagará en dinero en efectivo u otros bienes, medida sociales lo requieran, dentro de plazo de 5 años fecha escritura; e) Caterina Sybella Solari Grünwald, $24.250.000.- equivalentes a 20% derechos sociales, de los cuales ha pagado e ingresado en arcas sociales $20.500.000.- saldo de $3.750.000.- pagará en dinero en efectivo u otros bienes, medida sociales lo requieran, dentro de plazo de 5 años fecha escritura.; 3) Transformar la sociedad en Sociedad Anónima Cerrada. Cuyos estatutos se extractan: Nombre o Razón Social: "INVERSIONES SOLARI S.A."; Domicilio: Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales que acordare establecer dentro o fuera del país. Duración: Indefinida; Objeto: Uno) Efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, inclusive acciones, participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas y frutos que se deriven de las anteriores; Dos) La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventa, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos; Tres) La prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesional o técnica, consultorías y capacitaciones en materia de gestión comercial, administrativa, financiera, y servicios afines; Cuatro) La prestación de asesoría y consultoría técnica y profesional en el área económica, administrativa, financiera, tributaria, contable y de estrategia de inversiones, realización de estudios, elaboración de informes, implementación, ejecución y desarrollo de planificación estratégica, análisis de inversiones, investigación de mercados, organización y supervisión de activos.; Capital: $121.250.000 dividido 1.000 acciones, misma y única serie, nominativas y sin valor nominal, que a la fecha se encuentra totalmente suscrito y parcialmente pagado. Demás cláusulas constan escritura extractada. Santiago 30/08/2019.