PROMA CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de marzo de 1994
- Repertorio
- 56175
- Notario
- JAIME ANDRES BERNALES LARRAIN
- Domicilio
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME ANDRES BERNALES LARRAIN, Notario Público Titular Santiago, Vicuña Mackenna Oriente N°7163, La Florida, certifico: Por escritura de hoy, ante mí, don MOISÉS DIEGO PAREDES MENDOZA, cédula nacional de identidad N° 7.389.818-8, domiciliado en calle Leonardo Da Vinci N°7725, Las Condes, Santiago; don DIEGO ESTEBAN PAREDES VERDAGUER, cédula nacional de identidad N°17.599.584-0, domiciliado en calle Del Inca N°5730, Las Condes, Santiago; don MOISES GABRIEL PAREDES VERDAGUER, cédula nacional de identidad N°17.960.394-2, domiciliado en calle Leonardo Da Vinci N°7725, Las Condes, Santiago; don VICENTE ANDRES PAREDES VERDAGUER, cédula nacional de identidad N°19.079.412-1, domiciliado en calle Del Inca N°5730, Las Condes, Santiago; doña MARIA PILAR MIR JOUANNET, cédula nacional de identidad N°7.105.880-8, domiciliado en calle Leonardo Da Vinci N°7412-1, Las Condes, Santiago, don ROBERTO FELIPE BOURDEL MEZA, cédula nacional de identidad N°7.380.623-2 domiciliado en calle Las Magnolias N°38, Puerto Varas; y doña GINA BEATRIZ LIMONGI LARRAGUIBEL, cédula nacional de identidad N°7.171.859-K, domiciliada en calle Las Magnolias N°38, Puerto Varas, modifican “PROMARINE CHILE LIMITADA”, constituida por escritura pública el 28 de marzo de 1994 ante el Notario de Santiago don Jaime Morandé Orrego, inscrita a fojas 9578 N°7893, repertorio N°56175 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago con fecha 11 de mayo de 1994, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 17 de mayo de 1994, en el siguiente sentido: Don ROBERTO FELIPE BOURDEL MEZA vende cede y transfiere don MOISÉS DIEGO PAREDES MENDOZA el 100% de sus derechos sociales, a $5.000.000, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El cesionario paga en este acto al contado y en dinero efectivo al cedente quien declara recibirlos a su entera satisfacción sirviendo el presente instrumento de suficiente recibo de pago. Doña GINA BEATRIZ LIMONGI LARRAGUIBEL vende cede y transfiere don MOISÉS DIEGO PAREDES MENDOZA el 100% de sus derechos sociales, a $5.000.000, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El cesionario paga en este acto al contado y en dinero efectivo al cedente quien declara recibirlos a su entera satisfacción sirviendo el presente instrumento de suficiente recibo de pago. En base a lo anterior, los actuales y únicos socios don MOISÉS DIEGO PAREDES MENDOZA con el 80% de los derechos totales de la sociedad, don DIEGO ESTEBAN PAREDES VERDAGUER con el 5% de los derechos totales de la sociedad, don MOISÉS GABRIEL PAREDES VERDAGUER con el 5% de los derechos totales de la sociedad, don VICENTE ESTEBAN PAREDES VERDAGUER con el 5% de los derechos totales de la sociedad y doña MARIA PILAR MIR JOUANNET con el 5% de los derechos totales de la sociedad, de consuno por este acto han acordado introducir las siguientes modificaciones a los estatutos sociales; UNO) Se sustituye íntegramente el artículo primero de los estatutos sociales, relativo al nombre o razón social, por siguiente nuevo texto “PRIMERO.- La razón social de la sociedad es “PROMA CHILE LIMITADA”, sin perjuicio de esto la sociedad podrá funcionar y actuar para todos los efectos legales, inclusive ante los Bancos, entidades financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la república, Municipalidades , y ante toda clase de instituciones y organismos públicos privados o mixtos, personas naturales y jurídicas, con el nombre de fantasía de “PROMA CHILE” y tendrá su domicilio en Santiago.” DOS) Se modifica el artículo cuarto de los estatutos sociales, sólo en lo relativo a la administración de la sociedad y al uso de la razón social, solo en el sentido de que la administración, representación y uso de la razón social, con las más amplias atribuciones, corresponderá a don MOISES DIEGO PAREDES MENDOZA, quien actuará indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad sin ninguna limitación, ante todo tipo de personas naturales o jurídicas, organismos, entidades, servicios públicos o privados, pudiendo ejecutar y celebrar todos los actos y contratos inherentes a giro social. TRES) Como consecuencia de la salida de los nuevos socios, el capital de la sociedad será la suma de $20.000.000, en tal sentido por este acto se reemplaza la cláusula quinta del contrato social por el siguiente: “QUINTO.- El capital social será la suma de $20.000.000, el cual se encuentra enterado en su totalidad, del siguiente modo don MOISÉS DIEGO PAREDES MENDOZA aportó $16.000.000, don DIEGO ESTEBAN PAREDES VERDAGUER aportó $1.000.000, don MOISES GABRIEL PAREDES VERDAGUER aportó $1.000.000, don VICENTE ANDRES PAREDES VERDAGUER aportó $1.000.000 y doña MARIA PILAR MIR JOUANNET aportó $1.000.000. En lo no modificado se mantiene el pacto social constitutivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07 de Agosto de 2019.