INVERSIONES, CONSTRUCTORA Y SERVICIOS DOBLE A SERVICIOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de julio de 2019
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- El nombre o razón social será “INVERSIONES DOBLE A LIMITADA”, sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de “DOBLE A LTDA.”, y tendrá su domicilio en la ciudad de Puerto Varas
Administración
Vender, ceder y transferir, todos los derechos que emanan de operaciones le leasing. 3) Se modifica el articulo SEPTIMO del pacto social en el siguiente sentido: En caso de fallecimiento o incapacidad sobreviniente por causa de demencia, insolvencia o interdicción de uno de los socios, la sociedad continuará con el representante legal del socio incapaz, insolvente o con la sucesión del difunto; en este último caso ésta deberá designar un procurador común para actuar ante la sociedad, si no lo hiciera en el plazo de ciento ochenta días siguientes al del fallecimiento, la designación del procurador la efectuará los Tribunales Ordinarios de Justicia. En todo caso la sucesión podrá, en cualquier tiempo, remover a este procurador y designar uno en su reemplazo. El representante de la sucesión, del socio incapaz o insolvente, tendrá las mismas facultades que su representado, salvo en cuanto a la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura de 26 de julio de 2019, ante mí, doña ODETTE PAULINA ARRIAGADA SOTOMAYOR, empresaria; don JUAN CRISTOBAL ACCORSI ARRIAGADA, ingeniero comercial; y, doña MICHELLE ACCORSI ARRIAGADA, chef internacional, todos domiciliados en Avenida Puerto Montt 211, departamento 700, Puerto Montt, modificaron sociedad “INVERSIONES, CONSTRUCTORA Y SERVICIOS DOBLE A SERVICIOS LIMITADA, inscrita a fs. 34.427 Nº 21.396, registró comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1992, Rut Nº 78.315.390-4, Capital: $20.000.000.- Modificaciones son: 1) Se modifica el articulo PRIMERO del pacto social en el siguiente sentido: RAZÓN SOCIAL Y DOMICILIO. El nombre o razón social será “INVERSIONES DOBLE A LIMITADA”, sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de “DOBLE A LTDA.”, y tendrá su domicilio en la ciudad de Puerto Varas, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. 2) Se modifica el articulo TERCERO del pacto social, agregando la siguiente facultad de administración: Vender, ceder y transferir, todos los derechos que emanan de operaciones le leasing. 3) Se modifica el articulo SEPTIMO del pacto social en el siguiente sentido: En caso de fallecimiento o incapacidad sobreviniente por causa de demencia, insolvencia o interdicción de uno de los socios, la sociedad continuará con el representante legal del socio incapaz, insolvente o con la sucesión del difunto; en este último caso ésta deberá designar un procurador común para actuar ante la sociedad, si no lo hiciera en el plazo de ciento ochenta días siguientes al del fallecimiento, la designación del procurador la efectuará los Tribunales Ordinarios de Justicia. En todo caso la sucesión podrá, en cualquier tiempo, remover a este procurador y designar uno en su reemplazo. El representante de la sucesión, del socio incapaz o insolvente, tendrá las mismas facultades que su representado, salvo en cuanto a la administración. En caso de fallecimiento de la socio administradora doña ODETTE PAULIA ARRIAGADA SOTOMAYOR, la administración de la sociedad recaerá en los socios JUAN CRISTOBAL ACCORSI ARRIAGADA, y doña MICHELLE ACCORSI ARRIAGADA, quienes en forma conjunta o separadamente, representaran a la sociedad con la mismas facultades señaladas en el artículo séptimo precedente. En caso de fallecimiento del socio administrador don JUAN CRISTOBAL ACCORSI ARRIAGADA, la administración de la sociedad recaerá en los socios doña ODETTE PAULIA ARRIAGADA SOTOMAYOR, doña MICHELLE ACCORSI ARRIAGADA, quienes en forma conjunta o separadamente, representaran a la sociedad con la mismas facultades señaladas en el artículo séptimo precedente. En caso de fallecimiento de los socios administrador don JUAN CRISTOBAL ACCORSI ARRIAGADA y doña ODETTE PAULIA ARRIAGADA SOTOMAYOR, la administración de la sociedad recaerá en la socia doña MICHELLE ACCORSI ARRIAGADA con la mismas facultades señaladas en el artículo séptimo precedente. En el evento de fallecimiento de los todos los socios, la sucesión de cada uno de los socios deberá designar de común acuerdo un representante en calidad de administrador, dejándose constancia de este hecho por escritura pública inscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 06 de agosto de 2019.