MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA Y EXPORTADORA ACASD CHILE LIMITADA

RUT 77060911-9 CVE 1649680
Fecha instrumento
30 de agosto de 2019
Notaría
Iquique

Instrumento

Fecha
30 de agosto de 2019
Notario
CARLOS ERNESTO VILA MOLINA
Oficio
Cuarta Notaría de Iquique
Comuna
Iquique

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ERNESTO VILA MOLINA, Notario Público Titular, de la Cuarta Notaría de Iquique, con oficio en calle Patricio Lynch número quinientos veinticinco, ante mí: don DARIO MARIANO, pasaporte holandes NWK cero cero HCC cuatro; y, rol unico tributario cuarenta y ocho millones doscientos doce mil setecientos noventa y seis guión siete, Esmeralda quinientos veintiocho departamento ciento uno Iquique; don MARCO ANTONIO AVALOS MELENDEZ, cédula nacional de identidad seis millones novecientos treinta mil seiscientos treinta y dos guión dos, Esmeralda quinientos veintiocho, departamento ciento uno, Iquique; y, don NARCISO ALEXANDER ANDERSON CRUZ, cédula de identidad de extranjeros veinticuatro millones ciento treinta y tres mil seiscientos veintitres guión nueve, Tucapel dos mil quinientos dos, Iquique; MODIFICAN IMPORTADORA Y EXPORTADORA ACASD CHILE LIMITADA o ACASD CHILE LTDA.: NARCISO ALEXANDER ANDERSON CRUZ, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a don DARIO MARIANO, equivalente al cinco por ciento de su participación e interés que le corresponden en la sociedad, El precio de la cesión y venta de estos derechos asciende a la suma de cien mil pesos, Como consecuencia de la cesión de derechos sociales anteriormente señalada, la sociedad queda conformada como se señala: don DARIO MARIANO, con una participación de un noventa y cinco por ciento de los derechos sociales y don DARIO MARIANO, con una participación del cinco por ciento por ciento de los derechos sociales. Los únicos y actuales socios de la sociedad acuerdan aumentar el capital social de la sociedad fundacional, de la suma de DOS millones de pesos, a la suma de CINCO millones de pesos, íntegramente pagados por los socios. Como consecuencia de lo anterior, los socios acuerdan modificar la cláusula quinto del texto refundido por escritura pública de fecha dieciséis de agosto de 2019, otorgada en la Notaría de Iquique de don Carlos Ernesto Vila Molina, que versa sobre el capital, sustituyéndola por la siguiente: “QUINTO: El capital social será la suma de cinco millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: don DARIO MARIANO, aporta la suma de cuatro millones setecientos cincuenta mil pesos, los cuales entera en este acto en dinero en efectivo y de contado que ingresa a la Caja social, correspondiéndole un porcentaje de un noventa y cinco por ciento en el haber social y don MARCO ANTONIO AVALOS MELENDEZ, aporta la suma de doscientos cincuenta mil pesos los cuales entera en este en dinero en efectivo y de contado que ingresa a la Caja social, correspondiéndole un porcentaje de un cinco por ciento en el haber social”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 30 de agosto de 2019.-