COMERCIAL ACASD CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de agosto de 2019
- Notario
- CARLOS ERNESTO VILA MOLINA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Iquique
- Comuna
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ERNESTO VILA MOLINA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Iquique, con oficio en calle Patricio Lynch quinientos veinticinco, ante mí: don DARIO MARIANO, pasaporte holandés NWK cero cero HCC cuatro; y, rol único tributario cuarenta y ocho millones doscientos doce mil setecientos noventa y seis guión siete, Esmeralda número quinientos veintiocho departamento ciento uno, Iquique; y, don MARCO ANTONIO AVALOS MELENDEZ, cédula nacional de identidad seis millones novecientos treinta mil seiscientos treinta y dos guión dos, Esmeralda número quinientos veintiocho, departamento ciento uno, Iquique; constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada, COMERCIAL ACASD CHILE LIMITADA, sin perjuicio podrá actuar ante los bancos y otras intituciones con el nombre de fantasia de " ACASD CHILE LTDA.".- La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezca en el resto del país o extranjero.- El objeto de la sociedad será: a) La importación y exportación de todo tipo equipos y materiales electricos, mecánicos e hidraulicos en general su venta al por mayor o al detalle, y reparación de los mismos. b) La importación y exportación de equipos, artículos y materiales gastables de oficinas y empresas, productos químicos y utensilios, productos de limpieza, esterilización de cisternas y todo tipo de almacenamiento de conductos. c) importación y exportación productos textiles vehículos motorizados sus partes y piezas; d) Importación y Exportación todo tipo de de frutas, alimentos, embutidos secos y fríos en general, y bebidas alcohólicas, su comercialización y distribución. e) actividades y eventos artísticos; f) comercialización de todo de reciclaje; g) minerales y feritilizantes; g) comprar y vender bienes raices, arrendarlos o subarrendarlos; y la realización de otras actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, que los socios acuerden realizar por el régimen especial de zona franca u otras especiales que rijan actualmente o en el futuro en el país por regimen general, pudiendo desarrollar todas las actividades que permite el decreto Ley mil cincuenta y cinco de mil novecientos setenta y cinco y sus posteriores modificaciones y toda otra que los socios acuerden sin limitación de ninguna especie.- La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio don MARCO ANTONIO AVALOS MELENDEZ.- El capital social será la suma de tres millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: don DARIO MARIANO, aporta la suma de dos millones ochocientos cincuenta mil pesos, los cuales entera en este acto en dinero en efectivo y de contado que ingresa a la Caja social, correspondiéndole un porcentaje de un noventa por ciento en el haber social; don MARCO ANTONIO AVALOS MELENDEZ, aporta la suma de ciento cincuenta mil pesos los cuales entera en este en dinero en efectivo y de contado que ingresa a la Caja social, correspondiéndole un porcentaje de un cinco por ciento en el haber social.- El plazo de duración de la sociedad será de cinco años.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 30 de agosto de 2019.