MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

BBATS CONSULTING & PROJECTS, S.L.P.

RUT 59155400-K CVE 1649762
Fecha instrumento
30 de agosto de 2019

Instrumento

Fecha
30 de agosto de 2019
Notario
Cristián Andrés Del Fierro Ruedlinger
Domicilio
Santiago Suplente Pedro Sadá Azar

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Cristián Andrés Del Fierro Ruedlinger, Notario Público Santiago Suplente Pedro Sadá Azar, Paseo Ahumada 254, oficina 401, Certifico: Que con fecha 30 de agosto de 2019, ante mí, doña SILVIA STELLA BARBERA CORREIA, española, arquitecta, casada, bajo el régimen legal de gananciales, cédula de identidad extranjeros número veinticuatro millones novecientos ocho mil trescientos sesenta y ocho guión dos, por sí y en representación de "BBATS CONSULTING & PROJECTS, S.L.P.", sociedad de arquitectura, Rol Único de Tributario cincuenta y nueve millones ciento cincuenta y cinco mil cuatrocientos guión K, quien procedió a extender siguiente escritura pública: PRIMERO: Por escritura pública de fecha doce de mayo de dos mil quince, otorgada ante esta Notaría, número de repertorio setecientos diecisiete guion dos mil quince, se procedió a designar agente en Chile de la sociedad española "BBATS CONSULTING & PROJECTS, S.L.P." y designación de mandatario general en la persona de doña SILVIA STELLA BARBERA CORREIA. La Agencia en Chile se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y que rola a fojas cinco mil seiscientos cuarenta y cinco número tres mil setecientos cuarenta y tres del año dos mil diez. SEGUNDO: Que la compareciente viene en complementar la mencionada escritura, señalando que en su calidad de mandataria designada, actuará en Chile bajo la responsabilidad directa de la sociedad, con amplias facultades para ejecutar operaciones en su nombre conforme a las facultades a representación de su mandante en conformidad al artículo cuatrocientos cuarenta y siete del Código de Comercio, teniendo presente que se le han conferido en el mandato amplias facultades para actuar en su representación, especialmente, las que se mencionan en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Que la compareciente además expresa la aceptación del mandato que le fuera conferido en la totalidad de sus términos tanto por medio del instrumento de fecha doce de mayo de dos mil quince como en el presente. Demás menciones en escritura extractada. Santiago, Septiembre 04 de 2019.