CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD KOSIOREK SpA

CVE 1648676
Capital
$2.000.000 CLP
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Notario
OSVALDO PEREIRA GONZALEZ
Oficio
Décimo Cuarta Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

será: la comercialización, importación, exportación, venta al por menor de todo tipo de instrumentos y materiales para laboratorios, y en general, toda actividad de licito comercio relacionados con el expresado objeto, pudiendo en todo caso ampliar el área de actividad comercial cuando lo crea conveniente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OSVALDO PEREIRA GONZALEZ, abogado, Notario Público, Titular de la Décimo Cuarta Notaria de Santiago, con oficio en calle Teatinos número cuatrocientos cuarenta y nueve, sexto piso, Certificó por escritura pública de hoy ante mi, MONIKA KOSIOREK, Polaca, soltera, comerciante, cédula de identidad número veintitrés millones setecientos dos mil setecientos noventa guión seis, domiciliada en Nueva Providencia número mil ochocientos ochenta y uno, oficina mil novecientos doce, Comuna de Providencia, constituye una sociedad por acciones. RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD KOSIOREK SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía "POLKOS SpA”.- OBJETO: será: la comercialización, importación, exportación, venta al por menor de todo tipo de instrumentos y materiales para laboratorios, y en general, toda actividad de licito comercio relacionados con el expresado objeto, pudiendo en todo caso ampliar el área de actividad comercial cuando lo crea conveniente- CAPITAL: $2.000.000., dividido en doscientas acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal.- DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZON SOCIAL: Corresponderá a doña MONIKA KOSIOREK, quien actuando por la empresa, y anteponiendo a la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos. DURACIÓN: La empresa empezará a regir desde esta fecha y tendrá duración indefinida.- Demás estipulaciones constan de escritura pública extractada. Santiago 20 de agosto del 2019.