Noguera, Larrain, Dulanto y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 8 de mayo de 2019
- Notario
- Patricio Raby Benavente
- Oficio
- 5 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.900 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricio Raby Benavente, Notario Público, Titular de la 5 Notaría Santiago, con domicilio en Gertrudis Echenique N° 30, oficina 32, Las Condes, certifico: Que, por escritura pública de fecha 8 de Mayo de 2019, ante mí, Diego Noguera Eyzaguirre e Inversiones Famne SpA, ambos domiciliados en El Atardecer 4046, Lo Barnechea; Paulo Larraín Maturana e Inversiones y Asesorías San Manuel Limitada, ambos domiciliados en Antonio de Pastrana 2800, dpto. 302, Vitacura; José Pablo Dulanto Galilea y Asesorías e Inversiones Ann Arbor Limitada, ambos domiciliados en San Damián 700, Las Condes; y Ramón Domínguez Hidalgo y Servicios Profesionales Domínguez Ribes Limitada, ambos domiciliados en Coronel Avendaño 6370, Vitacura, modificaron la sociedad Noguera, Larrain, Dulanto y Compañía Limitada (la “Sociedad”), inscrita a fojas 36.942 número 26.485, Registro Comercio Santiago año 2007 en el siguiente sentido: Con motivo de las renuncias de los socios Ramón Domínguez Hidalgo y Servicios Profesionales Domínguez Ribes Limitada: 1) Don Ramón Domínguez Hidalgo se retira de la Sociedad, dejando de participar en la misma y, en consecuencia, se le devuelve la cantidad correspondiente al monto original de su aporte al capital social, esto es al 1,282% de los derechos de la Sociedad. 2) La sociedad Servicios Profesionales Domínguez Ribes Limitada se retira de la Sociedad, dejando de participar en la misma y, en consecuencia, se le devuelve la cantidad correspondiente al monto original de su aporte al capital social, esto es al 14,103% de los derechos de la Sociedad. El monto y demás condiciones de estas renuncias y retiros de socios se señalan en escritura extractada. Asimismo, con motivo del retiro como socios de la Sociedad, don Ramón Domínguez Hidalgo y la sociedad Servicios Profesionales Domínguez Ribes Limitada, y devolución del monto del capital aportado a la Sociedad por cada uno de ellos según lo señalado precedentemente, se disminuye el capital social de $3.900.000 a $3.300.000. Por lo anterior, los socios acordaron modificar el Artículo Quinto de estatutos de Sociedad, sustituyéndolo por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de tres millones trescientos mil pesos, que los socios ya han aportado y se distribuye en la siguiente proporción: /a/ Diego Noguera Eyzaguirre, ha aportado y pagado la suma de cincuenta mil pesos equivalente al uno coma quinientos quince por ciento del capital social; /b/ Inversiones Famne SpA, ha aportado y pagado la suma de un millón cincuenta mil pesos equivalente al treinta y uno coma ochocientos diecinueve por ciento del capital social; c) Paulo Larrain Maturana, ha aportado y pagado la suma de cincuenta mil pesos equivalente al uno coma quinientos quince por ciento del capital social; d) Inversiones y Asesorías San Manuel Limitada, ha aportado y pagado la suma de un millón cincuenta mil pesos equivalente al treinta y uno coma ochocientos diecinueve por ciento del capital social; /e/ José Pablo Dulanto Galilea, ha aportado y pagado la suma de cincuenta mil pesos equivalente al uno coma quinientos catorce por ciento del capital social; y /f/ Asesorías e Inversiones Ann Arbor Limitada, ha aportado y pagado la suma de un millón cincuenta mil pesos equivalente al treinta y uno coma ochocientos dieciocho por ciento del capital social”. En todo lo no modificado por escritura extractada, quedan plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial, la estipulación relativa a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 28 de Agosto de 2019. Patricio Raby Benavente, Notario Titular.-