CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES FQC UNO LIMITADA

CVE 1648894
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de agosto de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de agosto de 2019
Notario
MARGARITA MORENO ZAMORANO
Oficio
27° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
La duración de la sociedad será de 30 años a contar de la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Limitación de Responsabilidad: La
Ley aplicable
ley 18.815

Objeto social

El objeto de la sociedad será la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades o fondos de inversión, de aquellos regidos por la ley 18.815, y cualquier clase de títulos, valores mobiliarios o efectos de comercio, su administración, arriendo, venta y la percepción de sus frutos o rentas. Para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá constituir, adquirir, integrar como asociada, con terceros o sociedades filiales, y participar en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones de cualquier clase o naturaleza, tanto en Chile como en el extranjero, y en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores que los socios acuerden

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá individual y exclusivamente al socio ISIDORO ERNESTO QUIROGA MORENO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARGARITA MORENO ZAMORANO, Notario Público Interino 27° Notaría de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: Por escritura pública de 22 de agosto de 2019, ante mí, INVERSIONES LAGO COLICO LIMITADA y don ISIDORO ERNESTO QUIROGA MORENO, ambos domiciliados en Avenida Presidente Riesco N° 5711, Of. 1602, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: La razón social será "INVERSIONES FQC UNO LIMITADA", sin perjuicio que podrá usar para fines comerciales, incluso ante bancos, el nombre de fantasía "FQC UNO LTDA.". Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá individual y exclusivamente al socio ISIDORO ERNESTO QUIROGA MORENO. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, siendo aportado por los socios de la siguiente forma: a) INVERSIONES LAGO COLICO LIMITADA, debidamente representada, la suma de $900.000, equivalentes al 90% de los derechos sociales, los cuales aporta en este mismo acto a la caja social; y b) don ISIDORO ERNESTO QUIROGA MORENO, debidamente representado, la suma de $100.000, equivalentes al 10% por ciento de los derechos sociales, los cuales aporta en este mismo acto a la caja social. Objeto: El objeto de la sociedad será la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades o fondos de inversión, de aquellos regidos por la ley 18.815, y cualquier clase de títulos, valores mobiliarios o efectos de comercio, su administración, arriendo, venta y la percepción de sus frutos o rentas. Para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá constituir, adquirir, integrar como asociada, con terceros o sociedades filiales, y participar en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones de cualquier clase o naturaleza, tanto en Chile como en el extranjero, y en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores que los socios acuerden. Duración: La duración de la sociedad será de 30 años a contar de la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Limitación de Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 2 de septiembre de 2019.