CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA GMB VISTA LAJA LIMITADA

CVE 1648753
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de agosto de 2019
Notaría
Puerto Montt
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
26 de agosto de 2019
Notario
ALVARO ANDRES GAJARDO CASAÑAS
Oficio
Cuarta Notaría de Puerto Montt
Comuna
Puerto Montt

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Puerto Montt
Duración
Indefinida

Objeto social

La inversión en toda clase de valores mobiliarios y en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la explotación con fines rentísticos de los bienes adquiridos, a título de arrendamiento, venta permuta o cualquier otro; el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros; la asesoría en diseño y arquitectura en sus diversos aspectos, incluyendo estudios, elaboración de informes, proyectos, planos, dibujos y demás que sean necesarios al efecto; realizar asesorías en gestión inmobiliaria, arquitectura y diseño, tanto a personas naturales como jurídicas, en Chile o en el extranjero; la participación con fines rentistas en sociedades de cualquier tipo; y cualquier otro negocio que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO ANDRES GAJARDO CASAÑAS, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Puerto Montt, con domicilio en Urmeneta 542, certifico: Por escritura pública hoy ante mí: FRANCISCO ANDRES ROSSI ANDRADE, empresario; PAMELA MARIA ROSSI ANDRADE, relacionadora pública, y JUAN PABLO ROSSI ANDRADE, ingeniero, todos domiciliados en Avda. Presidente Ibáñez N°216, ciudad y comuna de Puerto Montt.- Constituyen sociedad de responsabilidad limitada.- Razón Social: El nombre o razón social será “INMOBILIARIA GMB VISTA LAJA LIMITADA” nombre de fantasía de “GMB VISTA LAJA LTDA”.- Domicilio. ciudad de Puerto Montt, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero.- Objeto social: La inversión en toda clase de valores mobiliarios y en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la explotación con fines rentísticos de los bienes adquiridos, a título de arrendamiento, venta permuta o cualquier otro; el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros; la asesoría en diseño y arquitectura en sus diversos aspectos, incluyendo estudios, elaboración de informes, proyectos, planos, dibujos y demás que sean necesarios al efecto; realizar asesorías en gestión inmobiliaria, arquitectura y diseño, tanto a personas naturales como jurídicas, en Chile o en el extranjero; la participación con fines rentistas en sociedades de cualquier tipo; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- Duración. A contar de la fecha de suscripción de la escritura de constitución y tendrá una duración de 5 años. Este plazo se entenderá renovado tácita y automáticamente por períodos sucesivos e iguales de 5 años cada vez y en forma indefinida, a menos que alguno de los socios exprese su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso. Capital: $20.000.000.- aportados a la sociedad de la siguiente forma: a) FRANCISCO ANDRES ROSSI ANDRADE, $10.000.000, equivalente al 50% del capital social; c) PAMELA MARIA ROSSI ANDRADE, $5.000.000, equivalente al 25% del capital social; d) JUAN PABLO ROSSI ANDRADE, $5.000.000, equivalente al 25% del capital social, todos enterados al contado y en dinero efectivo, ya ingresados en arcas sociales.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes.- La administración, así como la representación de la compañía y el uso de la razón social corresponderá a don FRANCISCO ANDRES ROSSI ANDRADE, quien anteponiendo a su firma, la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Montt, 26 agosto de 2019.