MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria CYF Limitada

RUT 76047041-4 CVE 1648567
Capital
$1.048.878.372 CLP
Fecha instrumento
21 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de agosto de 2019
Notario
Álvaro González Salinas
Oficio
42º Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.048.878.372 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro González Salinas, Notario Publico Titular de la 42º Notaria de Santiago, Agustinas 1070, 2º piso, Santiago, certifico: Por escritura publica otorgada ante mí con fecha 21 de agosto de 2019, María Rosario Forascepi Pérez, domiciliada en calle La Macarena número ciento cincuenta y uno, departamento ciento veintiuno, comuna de Las Condes, Santiago; Anastacio Casado Crespo, domiciliado en calle La Macarena número ciento cincuenta y uno, departamento ciento veintiuno, comuna de Las Condes, Santiago; María Cristina Casado Forascepi, domiciliada en Avda. Príncipe de Gales Nº 8975, Casa A, comuna de La Reina, Santiago, Comuna de La Reina, Santiago; y María Jesús Casado Forascepi, domiciliada en calle Loma La Cruz Norte Nº 200, Casa Seis, comuna de Lo Barnechea, Santiago, acordaron modificación de estatutos de la sociedad “Inmobiliaria CYF Limitada”, inscrita a fojas 2.601 número 1.727 del Registro de Comercio de Santiago del año 2009, en el siguiente sentido: 1.- Disminuir el capital de la Sociedad en la suma de $1.048.878.372.- con lo cual se reduce el capital social de la suma de $1.906.921.628.- a la suma de $858.043.256.-, que corresponde al monto del capital efectivamente enterado y pagado por los socios a la Sociedad. 2.- Se retira de la Sociedad el socio Anastacio Casado Crespo por la totalidad de su participación en la Sociedad. De tal modo, se acuerda hacer restitución al socio que se retira del aporte que éste realizó al capital social, por lo cual la Sociedad paga a Anastacio Casado Crespo la suma de $426.721.628.- correspondiente a idéntico monto del aporte que éste realizó al capital social, sin reajustes, intereses, utilidades ni ningún otro beneficio asociado a su calidad de socio en la sociedad. 3.- Como consecuencia de la disminución de capital antes señalada y del retiro del socio Anastacio Casado Crespo de la Sociedad, se modifica el capital social y la participación que corresponde a cada uno de los socios en el capital de la sociedad, por lo que se acuerda reemplazar íntegramente la cláusula Cuarta de los estatutos de la Sociedad, relativa al capital social, por la que se señala a continuación: “Cuarto: El capital de la sociedad es la suma de $431.321.628.- que los socios aportan en los porcentajes que se indican y que enteran de la siguiente forma: Uno.- María Rosario Adelina Forascepi Pérez, aporta la suma de 429.821.628, equivalentes al 99,65222% del capital social, de los cuales: (i) la suma de $3.300.000.- enteró en su totalidad y con anterioridad a esta fecha en la caja social; y, (ii) la suma de $426.521.628.- que se pagaron en el acto de suscripción de la escritura pública de fecha 23 de Septiembre de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de don Armando Arancibia Calderón, repertorio número 2554 - 2015, al contado y en dinero efectivo; Dos.- María Cristina Casado Forascepi aporta la suma de $750.000.-, equivalentes al 0,17389% del capital social, que enteró en su totalidad y con anterioridad a esta fecha en la caja social; y, Tres.- María Jesús Casado Forascepi aporta la suma de $750.000.-, equivalentes al 0,17389% del capital social, que enteró en su totalidad y con anterioridad a esta fecha en la caja social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.”; y, 4. Se modifica asimismo la cláusula Octava de los estatutos sociales, relativa a la administración de la Sociedad, en el sentido que el uso de la razón social, como asimismo la administración de la sociedad corresponderá indistinta y separadamente a doña María Rosario Adelina Forascepi Pérez y a doña María Jesús Casado Forascepi. Demás acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 28 de Agosto de 2019.-