MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Impegrio Construcciones Limitada

RUT 76837542-9 CVE 1648749
Fecha instrumento
9 de agosto de 2019

Instrumento

Fecha
9 de agosto de 2019
Repertorio
23862/2019

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, notario de Santiago, titular de la 36° notaría de Santiago, La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 9 de Agosto de 2019 ante mí, repertorio Nº 23.862/2019, doña YAZMÍN NADIA BASCUÑÁN RÍOS, domiciliada en Pasaje Esmeralda N°8637, Villa Ignacio Carrera Pinto, Pudahuel; doña CATALINA ANDREA OLIVARES SERICHE, domiciliada en Rossini N°10.557, La Florida; doña MARÍA-BELÉN OLIVARES SERICHE, domiciliada en Rossini N°10.557, La Florida; doña CLAUDIA FABIOLA HERNÁNDEZ SEGUEL, domiciliada en calle Varas Mena N° 153, Comuna de San Joaquín y de paso en esta; doña YANISS MACCARENA GUERRA HERNÁNDEZ, domiciliada en calle Varas Mena N°153, Comuna de San Joaquín y de paso en esta; don DAVID JOSÉ ROJAS CHÁVEZ, domicilado en Pasaje Esmeralda N° 8.637, Villa Ignacio Carrera Pinto, Pudahuel; y doña JERIEL ALEXANDRA GUERRA HERNÁNDEZ, domiciliada en calle Varas Mena, N°153, Comuna de San Joaquín y de paso en esta, modificaron sociedad IMPEGRIO CONSTRUCCIONES LIMITADA, inscrita a fs. 9.053; número 5.166 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes de Raíces de Santiago del año 2018. Modificaciones son las siguientes: 1) Yazmín Nadia Bascuñán Ríos vende a Claudia Fabiola Hernández Seguel, el 5,55% de los derechos sociales que tiene en la sociedad, a Yaniss Macarena Guerra Hernández, el 5,55% de los derechos sociales que tiene en la sociedad; y a Jeriel Alexandra Guerra Hernández, el 5,56% de los derechos sociales que tiene en la sociedad; 2) David José Rojas Chávez, vende a Catalina Andrea Olivares Seriche el 8,33% de los derechos sociales que tiene en la sociedad y a María-Belén Olivares Seriche el 8,33% de los derechos sociales que tiene en la sociedad sociales; y 3) Se modifica la administración de la compañía, la que corresponderá a don Edgar Elías Guerra Villalobos y a Patricio Humberto Olivares Arcos, conjunta o separadamente, con amplias facultades. Socios sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago,27 de agosto de 2019.