MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TRADE & CARGO SpA

RUT 76618795-1 CVE 1647718
Fecha instrumento
29 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de agosto de 2019
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, abogado, Notario Público, Titular 34 Notaría de Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifica: Por escritura pública de 29 de agosto de 2019, ante mí, Tatiana Yaritza Vargas de Borace y Aileen Maricely Rivera Morgan, ambas domiciliadas en Avenida La Dehesa N° 181, oficina 316, Lo Barnechea, quienes en el respectivo Registro de Accionistas constan como únicas accionistas de la sociedad TRADE & CARGO SpA, inscrita a fojas 96.063 N° 52.549 en el Registro de Comercio de Santiago de 2016, acordaron modificar el objeto de la misma, sustituyendo el artículo cuarto de los estatutos por el siguiente: “Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será: a) la prestación y comercialización de servicios de transporte de carga de mercaderías, de equipajes y pasajeros; fletes, acarreos, encomiendas; nacionales e internacionales; por vía terrestre, fluvial, marítima o aérea; b) servicios de importación, exportación, representaciones de proveedores extranjeros; c) servicios de logística, almacenamiento, depósito, embalaje y distribución de equipajes, bultos, paquetería y mercaderías; d) prestar servicios de embarque y desembarque, despacho, recepción y demás anexos en el transporte de toda clase de mercaderías y carga, sea por vía aérea, marítima o terrestre, dentro del territorio nacional, en el extranjero o desde o hacia el extranjero, para fines de exportación o importación, incluyendo la tramitación de documentos ante el Servicio Nacional de Aduanas o ante cualquier servicio de la administración del Estado pertinente para efectos del tránsito de mercaderías; e) proveer la contratación y corretaje de fletes y seguros, sean terrestres, marítimos o aéreos; f) el arrendamiento o subarrendamiento de vehículos motorizados para ser destinados al transporte de mercaderías; g) el arrendamiento o subarrendamiento de bodegas para el almacenamiento de mercaderías; h) la prestación de servicios que provean de personal a terceras personas o empresas, para labores comerciales y/o administrativas; i) la prestación de servicios que provean de personal a terceras personas o empresas, para labores de publicidad y promoción de productos, mediante dichas personas promotoras; j) la mantención de equipos de toda índole, y reparación de maquinarias, ligeras, medianas y pesadas; y todo lo que, en cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, tenga que ver con todo lo relacionado al objeto de la sociedad”.- En lo no modificado, los estatutos de la sociedad permanecen íntegramente vigentes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de agosto de 2019.