TRADE & CARGO SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de agosto de 2019
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, abogado, Notario Público, Titular 34 Notaría de Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifica: Por escritura pública de 29 de agosto de 2019, ante mí, Tatiana Yaritza Vargas de Borace y Aileen Maricely Rivera Morgan, ambas domiciliadas en Avenida La Dehesa N° 181, oficina 316, Lo Barnechea, quienes en el respectivo Registro de Accionistas constan como únicas accionistas de la sociedad TRADE & CARGO SpA, inscrita a fojas 96.063 N° 52.549 en el Registro de Comercio de Santiago de 2016, acordaron modificar el objeto de la misma, sustituyendo el artículo cuarto de los estatutos por el siguiente: “Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será: a) la prestación y comercialización de servicios de transporte de carga de mercaderías, de equipajes y pasajeros; fletes, acarreos, encomiendas; nacionales e internacionales; por vía terrestre, fluvial, marítima o aérea; b) servicios de importación, exportación, representaciones de proveedores extranjeros; c) servicios de logística, almacenamiento, depósito, embalaje y distribución de equipajes, bultos, paquetería y mercaderías; d) prestar servicios de embarque y desembarque, despacho, recepción y demás anexos en el transporte de toda clase de mercaderías y carga, sea por vía aérea, marítima o terrestre, dentro del territorio nacional, en el extranjero o desde o hacia el extranjero, para fines de exportación o importación, incluyendo la tramitación de documentos ante el Servicio Nacional de Aduanas o ante cualquier servicio de la administración del Estado pertinente para efectos del tránsito de mercaderías; e) proveer la contratación y corretaje de fletes y seguros, sean terrestres, marítimos o aéreos; f) el arrendamiento o subarrendamiento de vehículos motorizados para ser destinados al transporte de mercaderías; g) el arrendamiento o subarrendamiento de bodegas para el almacenamiento de mercaderías; h) la prestación de servicios que provean de personal a terceras personas o empresas, para labores comerciales y/o administrativas; i) la prestación de servicios que provean de personal a terceras personas o empresas, para labores de publicidad y promoción de productos, mediante dichas personas promotoras; j) la mantención de equipos de toda índole, y reparación de maquinarias, ligeras, medianas y pesadas; y todo lo que, en cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, tenga que ver con todo lo relacionado al objeto de la sociedad”.- En lo no modificado, los estatutos de la sociedad permanecen íntegramente vigentes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de agosto de 2019.