MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA NUEVO ORIENTE LIMITADA

RUT 76256482-3 CVE 1647732
Capital
$16.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de diciembre de 2012
Notaría
Santiago de doña ELBA SANHUEZA MUÑOZ

Instrumento

Fecha
5 de diciembre de 2012
Notario
FRANCISCO VARAS FERNÁNDEZ
Oficio
Notaría 32
Comuna
Santiago de doña ELBA SANHUEZA MUÑOZ

Sociedad

Capital
$16.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO VARAS FERNÁNDEZ, Abogado, Notario Público, Titular Notaría 32, Paseo Phillips 23, Santiago, certifica que por escritura pública hoy ante mí, SHIN-WEI FU, SHUIFENG HU, y ADISE LI WU, todos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins 2.741, Santiago; modificaron sociedad “IMPORTADORA NUEVO ORIENTE LIMITADA” o “NUEVO ORIENTE LTDA”, Rut N° 76.256.482-3, cuyo capital social asciende a la suma de $16.000.000. Constituida por escritura pública de fecha 5 de Diciembre de 2012, en la Notaria de Santiago de doña ELBA SANHUEZA MUÑOZ; un extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fs. 86.902 N° 60.914 del año 2012, y se publicó en la edición N° 40.431 del Diario Oficial de fecha 11 de diciembre del 2012. La sociedad no ha sido modificada. Modificaciones consisten: SHIN-WEI FU, vende, cede y transfiere a ADISE LI WU, el 10% de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad “IMPORTADORA NUEVO ORIENTE LIMITADA”. El precio de esta cesión es la suma de $1.600.000, que se pagan al contado y en dinero en efectivo, a entera satisfacción del cedente. Como consecuencia, han quedado como únicos socios de la sociedad “IMPORTADORA NUEVO ORIENTE LIMITADA” las siguientes personas con las participaciones sociales, a consecuencia de la retirada del socio SHIN-WEI FU, que se indican a continuación a) SHUIFENG HU, 90% derechos sociales; y, b) ADISE LI WU, 10% derechos sociales. Las socias acuerdan y convienen en modificar el artículo séptimo del pacto social modificado, en sentido que: “La administración y el uso de la razón social corresponderá a SHUIFENG HU, y/o a ADISE LI WU, quienes actuando separada e indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, representaran a la sociedad con las más amplias facultades, señaladas en el pacto social primitivo y sus modificaciones, que se dan aquí por reproducidas.- En todo lo que no expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social que consta en escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2012, otorgado en la Notaria de Santiago de doña ELBA SANHUEZA MUÑOZ, y sus posteriores modificaciones, antes descritas.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 26 de Agosto de 2019.-