Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2019
- Repertorio
- 5039
- Notario
- Jorge Reyes Bessone
- Domicilio
- Gran Av. J.M. Carrera Nº 4886
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la agencia será la ciudad de Santiago
Objeto social
El objeto de la Agencia consiste en servicios de consultoría y reventa de software y hardware en el campo de la ciberseguridad, para los mercados de Estados Unidos y Latinoamérica. 3
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Reyes Bessone, Notario Público Titular, Gran Av. J.M. Carrera Nº 4886, San Miguel, certifico: Que para efectos de constituir en Chile una Agencia de la sociedad extranjera “DTC SECURITY LLC” a solicitud de su representante en Chile, don MANUEL EDUARDO RAMIREZ SALAMANCA, ingeniero informático, Avenida Andrés Bello 2777, oficina 2101, Las Condes, se han protocolizado con fecha 26 de agosto de 2019, bajo el número 1303, 1304, 1306 y 1307, en esta misma Notaría, ante mí, debidamente legalizados y en idioma español, los antecedentes que acreditan que la sociedad “DTC SECURITY LLC” se encuentra legalmente constituida de acuerdo a la ley del estado de Delaware, Estados Unidos, así como también una copia auténtica de sus estatutos y un certificado de su constitución legal y vigencia, y un poder general otorgado por la referida Sociedad al compareciente, todo en los términos a los que se refiere el artículo 447 del Código de Comercio. Asimismo, por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2019, repertorio 5039, en esta misma Notaría, ante mí, MANUEL EDUARDO RAMIREZ SALAMANCA, representante según poder conferido al efecto, ha formulado las declaraciones a que se refiere el artículo 448 del Código de Comercio, las que extracto: 1. Nombre: “DTC Security LLC AGENCIA EN CHILE”, 2. Objeto: El objeto de la Agencia consiste en servicios de consultoría y reventa de software y hardware en el campo de la ciberseguridad, para los mercados de Estados Unidos y Latinoamérica. 3. Domicilio: El domicilio de la agencia será la ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda instalar oficinas, agencias y sucursales en esa u otras ciudades del país. 4. Capital: El capital es US $10.000, que se pagará dentro del plazo de 30 días constados desde el 26 de agosto de 2019. 5. Agente: Manuel Eduardo Ramírez Salamanca. Demás estipulaciones constan en escritura y documentos protocolizados objetos del presente extracto. San Miguel, 29 de agosto de 2019.