Instrumento
- Fecha
- 27 de agosto de 2019
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
- Oficio
- Cuadragésima Novena Notaría
Sociedad
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La actividad del transporte de pasajeros, taxis, radiotaxis, y en general, incluyendo todo tipo de transportes de pasajeros por cuenta propia o ajena, dentro del país o en o al extranjero y todas las actividades relacionadas con el giro, sus anexos y complementos así como cualquier otra actividad relacionada con el giro de transportes que pacten los
Administración
La Sociedad será administrada por un administrador, quien podrá ser una o más personas jurídica, o una o más personas naturales, ya sean accionista o no de la Sociedad. En artículo transitorio se designó como administrador a Doña Pamela Ximena Gómez Araya; doña Paola Alejandra Gómez Araya, y a don Juan Pablo Muller von der Marwitz, para que puedan actuar indistintamente cualquiera de ellos, y ejerzan todas y cada una de las facultades indicadas en los Artículos Décimo Tercero y Décimo Cuarto de los Estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaría, ubicada en Amunátegui trescientos noventa y uno, Local uno, ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, Pamela Ximena Gómez Araya, empresaria, domiciliada en Camino el Algarrobo número 205, casa treinta y cuatro comuna de Colina, Región Metropolitana y Paola Alejandra Gómez Araya, educadora de parvulos, con domicilio para estos efectos en calle San Crecente cuatrocientos dieciséis comuna de las Condes, Región Metropolitana; constituyeron sociedad por acciones. Nombre: “TRANSPORTES JEHU SpA”. “Objeto: a) La actividad del transporte de pasajeros, taxis, radiotaxis, y en general, incluyendo todo tipo de transportes de pasajeros por cuenta propia o ajena, dentro del país o en o al extranjero y todas las actividades relacionadas con el giro, sus anexos y complementos así como cualquier otra actividad relacionada con el giro de transportes que pacten los socios. b) La compra, venta, la importación, exportación, distribución y comercialización, sea por cuenta propia o ajena, de toda clase de mercaderías, ya sea en forma de materias primas o productos manufacturados, artículos promocionales, electrónicos, equipos e insumos computacionales. c) Formar, participar o ingresar en cualquier tipo de sociedades para llevar a cabo su objeto.” Duración: Indefinida. Capital: “El capital de la sociedad, ascendente a la cantidad de treinta millones de pesos, dividido en mil acciones, sin valor nominal, sin series ni privilegios, las que suscribirán y pagarán dentro de un año a contar de esta fecha, por los accionistas o terceros las que deberán ser suscritas y pagadas, al contado y en dinero efectivo, en bienes muebles, o inmuebles, derechos o acciones. En consecuencia quedaron sin suscribir ni pagar 1.000 acciones de una misma serie y sin valor nominal, para ser suscritas y pagadas dentro del plazo de un año a contar de esta fecha.” Administración: La Sociedad será administrada por un administrador, quien podrá ser una o más personas jurídica, o una o más personas naturales, ya sean accionista o no de la Sociedad. En artículo transitorio se designó como administrador a Doña Pamela Ximena Gómez Araya; doña Paola Alejandra Gómez Araya, y a don Juan Pablo Muller von der Marwitz, para que puedan actuar indistintamente cualquiera de ellos, y ejerzan todas y cada una de las facultades indicadas en los Artículos Décimo Tercero y Décimo Cuarto de los Estatutos. Demás estipulaciones en escritura social. Santiago, 27 de agosto de 2019. WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Notario Público.