SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES URRHAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de agosto de 2019
- Notario
- LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR
- Domicilio
- Viña del Mar
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, abogado, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en 12 Norte N° 785, piso 3, Edificio Pamplona, Viña del Mar, certifico: Por escritura de fecha 20 de agosto de 2019 ante mi, JEAN PAUL COUCHOT BAÑADOS, abogado, RUT: 13.990.169K en representación de FERNANDO URRUTIA HERNANDO, VICTORIA DEL CARMEN ACEVEDO DESPECCI, PAULINA YOLANDA URRUTIA ACEVEDO, JOSE LUIS URRUTIA ACEVEDO, y de FERNANDO MARTIN URRUTIA ACEVEDO, todos domiciliados para estos efectos en calle Trece Norte Ochocientos cincuenta y tres, piso nueve, Viña del Mar; rectificó la escritura de constitución de la SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES URRHAD LIMITADA nombre de fantasía URRHAD LTDA, La rectificación consistió: a) Que, en la escritura pública antes aludida, en la cláusula SEXTA, relativa al porcentaje de distribución de los derechos sociales se sumó y anotó erróneamente la referida distribución de derechos sociales, debiendo decir, en la cláusula SEXTA, que el porcentaje de los derechos sociales quedará dividido entre los socios de la siguiente manera: a) don FERNANDO URRUTIA HERNANDO, detentará el 93,85% de los derechos sociales; b) doña VICTORIA DEL CARMEN ACEVEDO DESPECCI, detentará el 2,05% de los derechos sociales; c) doña PAULINA YOLANDA URRUTIA ACEVEDO detentará el 2,05% de los derechos sociales; d) don JOSE LUIS URRUTIA ACEVEDO detentará el 1,025% de los derechos sociales; e) don FERNANDO MARTIN URRUTIA ACEVEDO detentará el 1,025% de los derechos sociales. Como consecuencia de lo anterior, el compareciente, debidamente facultado, viene en rectificar la cláusula SEXTA de la escritura de constitución social en aquella parte en que se indica la distribución de porcentajes de los derechos sociales de la SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES URRHAD LIMITADA o URRHAD LTDA, la cual y para todos los efectos legales que fueran pertinentes y para una mejor entendimiento y compresión se reproduce enteramente y debe decir correctamente: SEXTO: El porcentaje de los derechos sociales quedará dividido entre los socios de la siguiente manera: a) don FERNANDO URRUTIA HERNANDO, detentará el 93,85% de los derechos sociales; b) doña VICTORIA DEL CARMEN ACEVEDO DESPECCI, detentará el 2,05% de los derechos sociales; c) doña PAULINA YOLANDA URRUTIA ACEVEDO detentará el 2,05% de los derechos sociales; d) don JOSE LUIS URRUTIA ACEVEDO detentará el 1,025% de los derechos sociales; e) don FERNANDO MARTIN URRUTIA ACEVEDO detentará el 1,025% de los derechos sociales.Demás estipulaciones escritura extractada. Viña del Mar, 23 de Agosto de 2019.