SOCIEDAD FULL-GARAGE MECANICA INTEGRAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de agosto de 2019
- Notario
- JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS
- Oficio
- 4ta Notaría de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- N. fantasía
- “FULL-GARAGE LTDA.”, que podrá usarse incluso en Bancos
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Talca
- Duración
- 5 años, contados desde la fecha de firma de la escritura y se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años
- Ley aplicable
- ley N°3.918
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de todo tipo de trabajos que diga relación con la compra- venta, arriendo, importación, distribución, representación, por cuenta propia o ajena, y en general, la comercialización de toda clase y tipo de vehículos automotores, nuevos o usados, de repuestos y accesorios para ellos, como también la prestación de servicios de lubricación, reparación de frenos, electricidad, desabolladura y pintura y mecánica en general de cualquier tipo de vehículos motorizados y la prestación de servicios de toda naturaleza destinados a la construcción en general, tales como soldaduras, torno, estructura metálicas, etcétera, prestaciones que se pueden dar tanto a las empresas privadas, públicas fiscales, municipales, estatales y)o particulares, sea por administración, suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas; compraventa, permutas, consignaciones, de materiales relacionados directa o indirectamente con el objeto de la sociedad, y todo lo que, en cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, tenga que ver con todo lo dicho, y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
La administración y uso de la razón social corresponderá a cualesquiera de los dos socios, quienes podrán actuar conjunta o separadamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, Abogado, Notario Público Titular de la 4ta Notaría de Talca, con oficio en calle 2 Oriente N°1140, Talca, Certifico: Que por escritura pública de fecha 29 de Agosto de 2019, ante mí, don MANUEL ALEJANDRO SILVA JARA, chileno, soltero, Ingeniero Mecánico Automotriz, cédula nacional de identidad N°18.226.137-8, domiciliado en calle 3 Oriente 18 Norte 2.907, Talca, y don RODRIGO FABIÁN INZULZA TORO, chileno, soltero, Técnico Mecánico Nivel Superior, cédula nacional de identidad N°17.477.449-4, domiciliado en Villa Marion Camino Colín sin número comuna de Maule, ciudad de Talca, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, a sus respectivos aportes, regida por la ley N°3.918, Razón Social: “SOCIEDAD FULL-GARAGE MECANICA INTEGRAL LIMITADA” y su nombre de fantasía: “FULL-GARAGE LTDA.”, que podrá usarse incluso en Bancos. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de todo tipo de trabajos que diga relación con la compra- venta, arriendo, importación, distribución, representación, por cuenta propia o ajena, y en general, la comercialización de toda clase y tipo de vehículos automotores, nuevos o usados, de repuestos y accesorios para ellos, como también la prestación de servicios de lubricación, reparación de frenos, electricidad, desabolladura y pintura y mecánica en general de cualquier tipo de vehículos motorizados y la prestación de servicios de toda naturaleza destinados a la construcción en general, tales como soldaduras, torno, estructura metálicas, etcétera, prestaciones que se pueden dar tanto a las empresas privadas, públicas fiscales, municipales, estatales y/o particulares, sea por administración, suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas; compraventa, permutas, consignaciones, de materiales relacionados directa o indirectamente con el objeto de la sociedad, y todo lo que, en cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, tenga que ver con todo lo dicho, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá a cualesquiera de los dos socios, quienes podrán actuar conjunta o separadamente. Capital: $1.000.000, que será enterado y pagado por los socios de la siguiente forma: A) MANUEL ALEJANDRO SILVA JARA, aporta $500.000, en este acto y en dinero efectivo ingresando a la caja social; y B) RODRIGO FABIÁN INZULZA TORO, aporta $500.000, en este acto y en dinero efectivo ingresando a la caja social. Domicilio: Talca, sin perjuicio de las Agencias y Sucursales que se establezcan en el resto del país o del extranjero. Duración: 5 años, contados desde la fecha de firma de la escritura y se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 30 de Agosto de 2019.