INMOBILIARIA E INVERSIONES MONUMENTO S.A.
Instrumento
- Fecha
- 6 de agosto de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $135.440.880 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La duración de la sociedad es de diez años contados desde esta fecha. A su vencimiento, este plazo se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner fin al contrato, mediante declaración formulada por escritura pública que se inscribirá en el Registro de Comercio y se anotará al margen de la inscripción del extracto del contrato social con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período
- Ley aplicable
- Ley 3.928
Objeto social
a) Invertir en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros. b) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas; y c) En general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados
Administración
La Administración y el uso de la razón social corresponderá a la actuación unipersonal de doña María Loreto Cammas Buzada y a doña Paula Andrea Cammas Buzada quienes representarán a la sociedad con las más amplias facultades indicadas escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO PRIETO CONCHA, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que con fecha 6 de agosto de 2019 ante el titular, se redujo a escritura pública Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA E INVERSIONES MONUMENTO S.A., celebrada con fecha 6 de agosto de 2019, a la que asistió el 100% de las acciones emitidas, esto es, Inversiones Don Manuel Investment SpA., rol único tributario número noventa y seis millones setecientos dieciséis mil novecientos noventa guion cero domiciliado en Santiago, en calle Moneda número mil ciento cuarenta, oficina cuatrocientos dos, Comuna de Santiago, e Inversiones Paulor SpA., rol único tributario numero rol único tributario número setenta y siete millones cinco mil quinientos dieciséis guion cuatro, domiciliado Moneda número mil ciento cuarenta oficina cuatrocientos dos, Comuna de Santiago, en la que se acordó por unanimidad modificar sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES MONUMENTO S.A. según se indica a continuación: Transformación: Los socios acordaron transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, cambiando su especie social, la que será en todo, su continuadora legal, la que se regirá por los estatutos sociales, las disposiciones de la Ley 3.928: Nombre: INMOBILIARIA E INVERSIONES MONUMENTO LIMITADA. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que sus administradores pueden abrir. Administración: La Administración y el uso de la razón social corresponderá a la actuación unipersonal de doña María Loreto Cammas Buzada y a doña Paula Andrea Cammas Buzada quienes representarán a la sociedad con las más amplias facultades indicadas escritura. Duración: La duración de la sociedad es de diez años contados desde esta fecha. A su vencimiento, este plazo se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner fin al contrato, mediante declaración formulada por escritura pública que se inscribirá en el Registro de Comercio y se anotará al margen de la inscripción del extracto del contrato social con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período. Objeto: a) Invertir en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros. b) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas; y c) En general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados. Capital: EL capital de la sociedad es la suma de 135.440.880 pesos, que corresponde al capital estatutario de la sociedad, que ha sido pagado con anterioridad a este acto. El porcentaje de participación de los comparecientes en Inmobiliaria e Inversiones Monumento Limitada será la siguiente: a) Inmobiliaria e 2 Inversiones Paulor SpA, un cero coma dos por ciento de los derechos sociales. b) Inversiones Don Manuel Investment SpA, un noventa y nueve coma ocho por ciento de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago 28 de agosto de 2019.