Instrumento
- Fecha
- 30 de agosto de 2019
- Repertorio
- 12506-2019
- Notario
- MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Oficio
- Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los accionistas manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 2 meses de anticipación al respectivo vencimiento
Objeto social
La sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, importación, venta, distribución, comercialización, mantención y reparación de maquinarias, partes, piezas, accesorios, repuestos y toda clase de bienes relacionados con productos agrícolas en general; prestar servicios, efectuar capacitaciones, y la manufactura, compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes y servicios afines, así como la realización de cualquier otra actividad o inversión que esté directa o indirectamente relacionada con el objeto señalado precedentemente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por instrumento privado de fecha 29 de agosto de 2019, protocolizado ante mí con fecha 30 de agosto de 2019 bajo el Repertorio N° 12.506-2019 de esta Notaría, don FABRICIO DE SOUSA SANTOS, debidamente representado por don Humberto Alejandro del Río Herane, y don NICOLÁS IGNACIO DELFÍN CARVALLO CLARO, constituyeron sociedad por acciones: RAZÓN SOCIAL: La sociedad por acciones que se constituye operará bajo la razón social de “ELIFAB CHILE SpA”. Su nombre de fantasía será “ELIFAB SpA”, el que podrá ser usado comercialmente incluso ante bancos e instituciones financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos y demás organismos públicos y privados. OBJETO: La sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, importación, venta, distribución, comercialización, mantención y reparación de maquinarias, partes, piezas, accesorios, repuestos y toda clase de bienes relacionados con productos agrícolas en general; prestar servicios, efectuar capacitaciones, y la manufactura, compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes y servicios afines, así como la realización de cualquier otra actividad o inversión que esté directa o indirectamente relacionada con el objeto señalado precedentemente. CAPITAL SOCIAL: El capital social asciende a la cantidad de $1.000.000 (un millón de pesos chilenos), dividido en 1.000 (mil) acciones de una misma y única serie, nominativas, y sin valor nominal, de igual valor cada una, que son suscritas y pagadas conforme al siguiente detalle: a) Fabricio De Sousa Santos, suscribe en este acto 900 acciones, por la suma total de $900.000.-(novecientos milpesos), las que pagará al contado en dinero efectivo, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de la escritura de constitución; b) Nicolás Ignacio Delfín Carvallo Claro , suscribe en este acto 100 acciones, por la suma total de $100.000 (cien mil pesos), las que pagará al contado en dinero efectivo, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de la escritura de constitución. DURACIÓN: La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los accionistas manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 2 meses de anticipación al respectivo vencimiento. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó al portador del presente extracto para su legalización. Santiago,30 de agosto de 2019. MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ. Notario Público.-