ASESORÍAS CORPMACLEAN SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2019
- Repertorio
- 583-2019
- Notario
- GERARDO ANDRÉS CARVALLO CASTILLO
- Oficio
- Sexta Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGERARDO ANDRÉS CARVALLO CASTILLO, Abogado, Notario Público, Titular de la Sexta Notaría de Rancagua, con oficio en la comuna de Machalí, Las Rosas número 5, local 6, certifico: Por escritura pública repertorio N° 583-2019, hoy ante mí, INVERSIONES LAMBRO LIMITADA, rol único tributario 76.829.706-1; constituyó una sociedad por acciones con domicilio en Rancagua, denominada ASESORÍAS CORPMACLEAN SpA, pudiendo usar para fines comerciales y bancarios el nombre de fantasía CORPMACLEAN SpA. El objeto de la sociedad es a) La asesoría profesional en materias jurídicas, contables, de marketing, comunicacionales, publicitarias, económicas, financieras, y de inversión a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; b) La prestación de servicios de BackOffice consistentes en los servicios administrativos tales como pero no limitado a, servicios de contabilidad, administración, finanzas, confección y análisis de presupuestos, facturación, efectuar selección de personal para terceros, proceso de pago de remuneraciones e imposiciones, procesamiento automático de datos, supervisión de trabajos, servicios informáticos, preparación y confección de reportes e informes, cobranza de valores, control y gestión de personas; c) La prestación de servicios que pudieren resultar necesarias para la ejecución de las asesorías antedichas. Asimismo, la sociedad podrá adquirir bienes muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales o civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, dividido en 10.000 acciones iguales y sin valor nominal, capital que se encuentra totalmente suscrito y pagado. Accionista declara responsabilidad limitada hasta monto de su aporte. Otras estipulaciones, en escritura extractada. Machalí, 28 de agosto de 2019.