SOCIEDAD GASTRONOMICA LA ESTACION LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de agosto de 2019
- Notario
- LIDIA MARIA CHAHUAN ISSA
- Domicilio
- las comunas de La Calera
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLIDIA MARIA CHAHUAN ISSA, Notario Público de las comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con oficio en calle Diego Lillo número trescientos treinta y uno, de esta ciudad, certifico que: Por escritura pública otorgada ante mí con fecha 10 de Agosto de 2019, don OSCAR MANUEL REINOSO BELMAR, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, domiciliado en J.J. Núñez número doscientos setenta y uno, Artificio, Comuna de La Calera, cédula nacional de identidad número quince millones sesenta y cinco mil ciento veinte guión cuatro; doña KAREN EVELYN REINOSO BARACAT, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, domiciliada en Lote Cinco D, sector Lo Mardones, La Palma comuna de Quillota, cedula nacional de identidad número catorce millones cuatrocientos dieciocho mil trescientos sesenta guión seis; doña DIANA ESTEFANIA REINOSO BARACAT, chilena, soltera, ingeniera comercial, domiciliada en J.J Núñez doscientos treinta y siete, Artificio, La Calera, cedula nacional de identidad número dieciséis millones ochocientos diecinueve mil doscientos setenta y uno guión uno; don VICTOR EDUARDO ARANCIBIA ROJAS, chileno, soltero, ingeniero civil industrial, domiciliado en J.J Núñez doscientos treinta y siete, Artificio, comuna de la Calera, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos setenta mil ochocientos noventa y dos guión cuatro, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada "SOCIEDAD GASTRONOMICA LA ESTACION LIMITADA” o “LA ESTACION LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha 25 de Agosto del año 2014, este Oficio, e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de La Calera, a fojas ciento veintinueve vuelta número noventa y ocho del año dos mil catorce, en el siguiente sentido: Socia DIANA ESTEFANIA REINOSO BARACAT, hace cesión de sus derechos sociales en los siguientes términos, vende, cede y transfiere el diez por ciento de los derechos de que es titular a don OSCAR MANUEL REINOSO BELMAR.- El precio de esta cesión es la suma de un millón de pesos que pagan al contado y en dinero efectivo a la cedente, y que ésta declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente de suficiente recibo de pago.- Socia DIANA ESTEFANIA REINOSO BARACAT, hace cesión de sus derechos sociales en los siguientes términos, vende, cede y transfiere el diez por ciento de los derechos a don VICTOR EDUARDO ARANCIBIA ROJAS.- El precio de esta cesión es la suma de un millón de pesos que se pagan al contado y en dinero efectivo a la cedente, y que ésta declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente de suficiente recibo de pago.- A consecuencia de las cesiones, se retira de la sociedad doña DIANA ESTEFANIA REINOSO BARACAT.- Socia KAREN EVELYN REINOSO BARACAT, cede sus derechos sociales en los siguientes términos, vende, cede y transfiere el veinte por ciento de los derechos de que es titular a don VICTOR EDUARDO ARANCIBIA ROJAS, retirándose de la sociedad.- El precio de esta cesión es la suma de dos millones de pesos que se pagan al contado y en dinero efectivo, al cedente, y que éste declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente de suficiente recibo de pago.- En consecuencia, serán, desde este momento, únicos socios de la compañía don OSCAR MANUEL REINOSO BELMAR, con el cincuenta por ciento de los derechos sociales y don VICTOR EDUARDO ARANCIBIA ROJAS, con el cincuenta por ciento de los derechos sociales.- Por este instrumento, los únicos socios individualizados modifican parcialmente la cláusula cuarta de la sociedad, solo en el sentido que: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá ambos socios conjuntamente quienes anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Capital inicial $10.000.000.- La Calera, a 29 de Agosto de 2019.