MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA YIANNI SpA

RUT 76454557-5 CVE 1646819
Capital
$2.099.176 CLP
Fecha instrumento
19 de agosto de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
19 de agosto de 2019
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.099.176 CLP
Domicilio
comuna de Las Condes, ciudad de Santiago
Duración
La duración de la sociedad, será de 5 años a contar de esta fecha. El plazo de duración de la sociedad se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la compra, venta, permuta, adjudicación y, en general, la adquisición, enajenación y comercialización a cualquier título de toda clase de bienes inmuebles y complejos inmobiliarios; el arrendamiento, administración y explotación en cualquier forma de bienes inmuebles; la ejecución de estudios, diseños y proyectos inmobiliarios; el lote, subdivisión y Urbanización de predios urbanos o rústicos. Las inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades o empresas, y en toda clase de títulos, valores mobiliarios e instrumentos comerciales, bancarios o financieros, administrarlos, por cuenta propia o ajena, explotarlos, y percibir y reinvertir sus frutos y rentas. Asimismo tendrá por objeto el corretaje de bienes inmuebles, la construcción, reparación, ampliación y modificación de toda clase de edificaciones; la constitución de sociedades de cualquier naturaleza; y en general de toda otra actividad o negocio relacionado con las anteriores

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente y en forma separada e individual a cualquiera de los socios don Rodolfo Eduardo Nazar Saffie y a doña María Carmen Luz Saffie Nazar quienes, anteponiendo su nombre y firma a la razón social podrá representar a la sociedad, con las más amplias facultades de acuerdo a las indicadas en escritura extractada. Responsabilidad. La responsabilidad personal de cada socio queda limitada al monto de su respectivo aporte

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Rodolfo Eduardo Nazar Saffie socio 10575093-5
María Carmen Luz Saffie Nazar socio 5436667-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33 Notaría de Santiago, Huérfanos 979 of. 501, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 19 de agosto de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública, ACTA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS INMOBILIARIA YIANNI SpA”, celebrada ante mí, con fecha 19 de agosto de 2019, sociedad que se encuentra inscrita en el R.C.C.B.R de Santiago a fs. a fojas 90750 N° 49124 año 2016, en la que los accionistas presentes acordaron, por unanimidad, modificar la sociedad, transformándola de sociedad por acciones en una sociedad de responsabilidad limitada. Socios: Rodolfo Eduardo Nazar Saffie, CI N°10.575.093-5, domiciliado en calle La Macarena N° 84, dpto. 803, comuna Las Condes, Región Metropolitana, y doña María Carmen Luz Saffie Nazar, CI N°5.436.667-1, domiciliada en calle Espoz N°3226-A, dpto. 141, Comuna Vitacura, Región Metropolitana. Razón Social: INMOBILIARIA YIANNI LIMITADA, pudiendo utilizar además en cualquier actuación, incluso bancaria, el nombre de fantasía de “YIANNI Ltda.”. Domicilio: comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la compra, venta, permuta, adjudicación y, en general, la adquisición, enajenación y comercialización a cualquier título de toda clase de bienes inmuebles y complejos inmobiliarios; el arrendamiento, administración y explotación en cualquier forma de bienes inmuebles; la ejecución de estudios, diseños y proyectos inmobiliarios; el lote, subdivisión y Urbanización de predios urbanos o rústicos. Las inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades o empresas, y en toda clase de títulos, valores mobiliarios e instrumentos comerciales, bancarios o financieros, administrarlos, por cuenta propia o ajena, explotarlos, y percibir y reinvertir sus frutos y rentas. Asimismo tendrá por objeto el corretaje de bienes inmuebles, la construcción, reparación, ampliación y modificación de toda clase de edificaciones; la constitución de sociedades de cualquier naturaleza; y en general de toda otra actividad o negocio relacionado con las anteriores. Duración: La duración de la sociedad, será de 5 años a contar de esta fecha. El plazo de duración de la sociedad se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Capital: El capital social asciende a la suma de $2.099.176.- y ha sido enterado con anterioridad a este acto, por Rodolfo Eduardo Nazar Saffie y María Carmen Luz Saffie Nazar en un 50% para cada uno. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente y en forma separada e individual a cualquiera de los socios don Rodolfo Eduardo Nazar Saffie y a doña María Carmen Luz Saffie Nazar quienes, anteponiendo su nombre y firma a la razón social podrá representar a la sociedad, con las más amplias facultades de acuerdo a las indicadas en escritura extractada. Responsabilidad. La responsabilidad personal de cada socio queda limitada al monto de su respectivo aporte Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de agosto de 2019.