Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2019
- Repertorio
- 5073/2019
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- Notaría de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $900.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de agosto de 2019, Repertorio N° 5073/2019, ante mí, la sociedad Asesorías e Inversiones La Candelaria Limitada, doña Claudia Verónica Cristoffanini Segner y doña María Camila Larraín Duque, todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa N° 844, oficina 410, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “CEC SpA”. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de lo cual la Sociedad podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en otros lugares del país como en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) efectuar por cuenta propia o de terceros, toda clase de inversiones mobiliaria o inmobiliarias, tangibles e intangibles; b) adquirir activos, pasivos, patrimonios o parte de estos, valores, bonos y toda clase de bienes y especies valoradas o valorables; c) la prestación de servicios y asesorías en áreas de estudio, evaluación y administración de negocios y financieros; d) desempeñar mandatos, representaciones, agencias, comisiones, consignaciones, gestiones, negocios, y administración por cuenta de terceros de cualquier actividad, producto, marca o bien, incluidos capitales y empresas; e) la realización de compras, ventas, acopios, importación, exportación, consignación, transporte y distribución de toda clase de bienes de cualquier naturaleza; f) efectuar por cuenta propia o de terceros, la producción, distribución, importación, exportación, asesorías, marketing, comprar y ventas de programas y señales de televisión, radiotelefonía, internet, cine, espacios publicitarios y similares; y, g) la formación y participación en sociedades, comunidades, asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza y giro; y cualquier actividad de inversión relacionada con las anteriores. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá constituir, formar parte, ingresar, participar o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o capital. Capital: El capital social asciende a la suma de $900.000.-, dividido en 900 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, las cuales se encuentran íntegramente suscritas, enteradas y pagadas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 28 de agosto de 2019.